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La iniciativa de Peña sobre el matrimonio de personas del mismo sexo tiene un obstáculo en el primer párrafo del artículo 1: “Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado mexicano sea parte”.

Enrique Esteban Zepeda se pregunta: “¿Cómo legislar cuando la Comisión Interamericana de Derechos Humanos es menos garantista que aquí?

Remite al 17 de la Carta de la CIDH sobre Protección a la Familia, que define: Es el elemento natural y fundamental de la sociedad y debe ser protegida por la sociedad y el Estado. Se reconoce el derecho del hombre y la mujer a contraer matrimonio y a fundar una familia…

La CIDH, pues, solo reconoce derechos a parejas de distinto sexo.

José Romo cuestiona “el mal llamado matrimonio igualitario” y propone “la incorporación de un nuevo derecho; con semejanzas al referido, pero con esencia distinta. Nos acercaría un poco más a lograr una mayor madurez de la tolerancia frente a temas tan controvertidos, que toda sociedad puede presentar en su entorno evolutivo…”.

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