Minuto a Minuto

Nacional Embajada de Israel en México denuncia ataques y violencia durante marcha del orgullo LGBT
Embajada de Israel en México expresó que "desconciertan los ataques y violencia" en su contra, así como el uso de símbolos que "llaman al exterminio de los israelíes"
Nacional Paso de “Chris” dejó dos lesionados en Veracruz
Debido a los encharcamientos, deslizamientos de tierra y viviendas anegadas, se activaron refugios temporales en todo Veracruz
Nacional Fuertes lluvias desbordan el río Tembembe en Morelos
Las autoridades llamaron a la población a evitar acercarse o cruzar avenidas y/o calles inundadas e informó de la habilitación de tres albergues
Deportes “Tristeza inicial y alegría final, eso es lo que da el fútbol; es inexplicable”: Cristiano Ronaldo
Cristiano Ronaldo repasó su "tristeza inicial" después de fallar frente a Eslovenia un penalti en la prórroga que provocó sus lágrimas
Deportes Panamá se mete a cuartos de final
Panamá, con seis puntos de nueve posibles, selló su pasaporte a cuartos de final de la Copa América como escolta de Uruguay
Legal poseer más de cinco gramos de mariguana para consumo personal, determina la SCJN
El Senado aplazó el dictamen para la regulación de la mariguana. Foto de EFE

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de mariguana, a menos que se compruebe que no está destinada al consumo personal.

De los cinco ministros de la Primera Sala, tres se pronunciaron por la invalidez de una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, el cual permite la posesión de menos de cinco gramos para consumo personal, pero castiga con entre 10 meses y tres años de cárcel si se excede esa cantidad.

Legal poseer más de cinco gramos de mariguana para consumo personal, determina la SCJN - mariguana-mexico
Foto de EFE

El artículo estipula:

El Ministerio Público no ejercerá acción penal por el delito previsto en el artículo anterior (posesión simple), en contra de quien sea farmacodependiente o consumidor y posea alguno de los narcóticos señalados en la tabla, en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma, para su estricto consumo personal

De esta manera, la Suprema Corte declaró inconstitucional este fragmento: “en igual o inferior cantidad a la prevista en la misma“.

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Ríos Farjat y Juan Luis González Alcántara, este último quien elaboró el proyecto, se pronunciaron a favor de que fiscales y jueces aclaren si el estupefaciente está destinado al consumo personal, sin importar la cantidad.

Norma Piña y Jorge Mario Pardo se manifestaron en contra del proyecto porque la porción del articulo 478 a la que se refiere la sentencia, no fue impugnada específicamente en la demanda de amparo.

Con información de López-Dóriga Digital