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La verdad es que mi espacio de hoy pensaba dedicarlo a Bantú, el gorila del zoológico de Chapultepec al que tardaron siete años en gestionarle una pareja y cuando por fin los funcionarios-celestina se habían puesto de acuerdo para que Bantú mojara la brocha —como dicen en África— en lugar de que ésta se le parara se le paró el corazón.

El lector se preguntará el porqué del cambio tan drástico de Bantú al Seguro Social y la contradicción que implica el título de la columna: el sustantivo trampa y el adjetivo legal tienen significados opuestos. Para allá voy.

Todo comenzó cuando me vino a ver un amigo que vive en Xalapa, ciudad que sigue siendo la capital del estado de Veracruz, a pesar de la predilección del presidente Peña Nieto por Boca del Río. Mi amigo se llama Fernando y su visita obedeció a un viejo problema que tiene con el Seguro Social.

El conflicto de Fernando con la precitada institución es el siguiente: no obstante tener más de 65 años y de haber cotizado como trabajador 882 semanas reconocidas por el IMSS; éstas sumarían más de 1,000 si no fuera porque las 120 semanas, o más, en las que más alto cotizó, trabajadas en las ciudades de Tijuana y Matamoros, se “traspapelaron” de su expediente. Sin embargo, las semanas desaparecidas por arte de magia en su registro del Seguro Social, sí aparecen a su nombre en el sistema del Infonavit. Cosa extraña, ya que es el Seguro Social quien aporta la información de cotizaciones al Infonavit.

No obstante lo anterior, Fernando al solicitar su justa pensión en diciembre del 2011, ésta le fue negada con el argumento del artículo 183 fracción III, de la Ley del IMSS de 1973, que estipula que el trabajador para “la conservación y reconocimiento de sus derechos” tiene que trabajar un año más, cotizando en el Seguro Social.

Imagínese usted, con más de 65 años de edad, ¿quién lo contrata? Y, sobre todo, ¿quién paga su cotización en el Seguro Social? Ahí es donde yo digo que el IMSS hace trampa legalmente. Porque en la Ley fundacional del Seguro Social, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de enero de 1943, no existía artículo alguno que exprese el absurdo tema de “la conservación y reconocimiento de sus derechos”.

Mi amigo fue dado de alta en el IMSS, según consta en los dos primeros dígitos de su registro (6565441226), en el año 1965, cuando regía la ley original del instituto creada en 1943 cuyo artículo 71 establece: “Tendrá derecho a recibir la pensión de vejez (…) el asegurado que haya cumplido sesenta y cinco años de edad y tenga acreditadas, por lo menos, setecientas cotizaciones semanales”. Y según el artículo 88 de la misma ley: “El goce de la pensión comenzará desde el día en que el asegurado cumpla los requisitos del artículo 71”.

Por simple lógica, si Fernando fue dado de alta en el año de 1965, su estancia en la institución debe regirse por la ley de 1943, ya que según el artículo 14 de nuestra Constitución establece: “A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”.

Aquí quiero hacer una reflexión: ¿Cuántos casos como el de Fernando habrá en la actualidad? Según él, existen cientos de miles de asuntos semejantes al suyo. Suman tantos porque, tal como le sucedió a nuestro amigo, además de los trámites iniciales en las oficinas de la institución, hay que hacer todo un procedimiento que empieza con una demanda laboral en la Delegación Federal del Trabajo (en su caso, en Xalapa), donde habló con el procurador; éste lo envío con el subprocurador que a su vez lo mandó con uno de sus asistentes y éste lo puso en contacto con uno de sus auxiliares, quien le dijo que había que llevar periódicamente para el café, los taxis y extras durante, aproximadamente, cinco años. Y en el supuesto caso de ganar la demanda, el nuevo jubilado se irá feliz a su casa, porque gracias a la generosidad y cuantía de la pensión y sus incrementos, no le faltara en su hogar la cantidad de 2,000 pesotes mensuales que muy pronto serán 100 dólares.

Pero no todo es miseria, gracias a su poderoso y paternal sindicato, los empleados del Seguro Social, que se jubilan cuando las mujeres cumplen 27 años de servicio y los hombres 28, reciben 125% de su último salario, todo a costa del bienestar de los asegurados.

Una cantidad significativa de las personas aseguradas en el IMSS prefiere no reclamar los servicios médicos que brinda la institución; optan por la medicina privada debido al mal trato a los que son sujetos y a la escasez de medicinas, así como a la pérdida de tiempo que significa asistir a una de las clínicas.

Ah, por cierto, mi amigo Fernando en todo el tiempo en el que estuvo asegurado jamás pidió un curita o una aspirina para él, su esposa e hijos. Es más, ni siquiera obtuvo el regalo de boda acostumbrado.

Pilón

La clínica del Seguro Social para la que trabaja un radiólogo tiene tan bajo presupuesto y carece de personal que el día en que él necesitó una radiografía, tomó la máquina y se hizo una selfie.