Elecciones 2024
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En los tiempos del gobierno dividido, al arranque del sexenio calderonista, entre el Ejecutivo y el Legislativo había poca distancia. Si bien los órganos de gobierno de ambas cámaras del Congreso federal eran plurales, los presidentes de las mesas directivas tenían excelentes relaciones con la Secretaría de Gobernación.

Llamaba la atención entonces que ni el Senado de la República ni la Cámara de Diputados usaran los tiempos oficiales de radio y televisión para difundir mensajes sobre los trabajos parlamentarios que concentraba la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía. En vez de eso, preferían pautar –con tarifas comerciales– los spots que producían primero Clemente Cámara y Asociados, después De Haro Publicidad.

El resultado de la elección presidencial del 2006 –Felipe Calderón ganaría a Andrés Manuel López Obrador por apenas 0.56% de diferencia– obligó a una reformulación del modelo de comunicación política entonces vigente, sobre todo por las denuncias del abanderado de la coalición izquierdista, por la inequidad en el acceso a los medios electrónicos.

La reforma electoral del 2007 dejaría al Instituto Federal Electoral la contratación de los spots de los candidatos, durante las campañas electorales, y la promoción de la cultura cívica. En la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación quedaría la administración de los tiempos fiscales y los tiempos oficiales otorgados para la difusión de las acciones de los tres poderes de la Unión y las actividades de los órganos autónomos.

La era de las redes sociales no estaba lejos, pero entonces la producción de los spots gubernamentales para los medios electrónicos definía las acciones de los comunicólogos oficiales. Las fuerzas políticas pugnaban por reformar la Ley Federal de Radio y Televisión… ¿y quién controlaría a la Internet?

La nueva redacción del artículo 41 constitucional determinaba la suspensión de toda propaganda gubernamental durante el tiempo que comprenden las campañas electorales. Los tiempos de Estado otorgaban 30 minutos gratuitos diarios en las estaciones de radio y televisión, y los tiempos fiscales dejaban 18 minutos de transmisión en el caso de las televisoras y 35 minutos en las radiodifusoras, además de un remanente de 17 minutos en radio durante el tiempo de las precampañas.

Hasta el 19 de junio del 2009, el Congreso reformó la Ley Federal de Radio y Televisión, pero no modificó el reglamento, que se mantiene inalterado desde hace 18 años. Han pasado dos Legislaturas por San Lázaro y sigue irresuelto este pendiente. En el sexenio peñista, la cesión al Ejecutivo de los tiempos oficiales fue absoluta. Y la comunicación gubernamental amplió los caminos del calderonismo, para producir los spots –vía el artículo 1 de la Ley de Adquisiciones– a través de Estudios Churubusco, Televisión Educativa, y el entonces OMNA, ahora SPR.

En primera instancia, quedaría en la jurisdicción de los diputados que integran la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía evaluar la necesidad de una nueva regulación para la difusión de campañas publicitarias del gobierno federal.

¿Y los comisionados del Instituto Federal de Telecomunicaciones? Para evaluar la forma en que los operadores de señales digitales dan cumplimiento a la obligación legal en materia de tiempos oficiales, ese órgano autónomo y la SCT deben trabajar de manera coordinada con la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía de la Secretaría de Gobernación. A esas instancias toca –por diseño legal– garantizar la correcta y debida administración de los mismos.

El INE interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la afectación que el decreto presidencial que disminuirá los llamados “tiempos fiscales” y, en consecuencia, la promoción de las ofertas político-electorales de las fuerzas partidistas y los candidatos, en tiempos de campaña, así como a la difusión de la cultura cívica y los valores democráticos.

La nueva disposición para los tiempos federales –que también afecta a los poderes Legislativo y Judicial, así como al resto de los órganos autónomos– entrará en vigor este viernes 15. Mientras resuelven los ministros, los consejeros electorales dispusieron las nuevas pautas para la transmisión de los mensajes de los partidos políticos nacionales y locales en los medios electrónicos, entre el 15 de mayo y hasta el 30 de junio. Para el segundo semestre del 2020, de acuerdo a sus cálculos, la SCJN ya habrá resuelto sobre este diferendo.

El monitoreo –que no la vigilancia– de las transmisiones de los tiempos oficiales en los medios electrónicos quedó en la cancha del INE, tras de la firma de un convenio de colaboración entre la secretaria Olga Sánchez Cordero y el consejero presidente, Lorenzo Córdova Vianello. Pero la utilización y manejo de los tiempos oficiales son revisados directamente, desde hace un año, por la oficina del subsecretario Ricardo Peralta Saucedo, tras de la desaparición de la subsecretaría de normatividad para medios. Formalmente, el encargado de esos asuntos es el empresario guanajuatense Rafael Márquez, pero el abogado Roberto Duque Roquero, catedrático del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM y exfuncionario del INE y del TEPJF, es quien revisa tanto la validez de los contratos para hacer las inserciones de la publicidad oficial, como la emisión de las campañas y la contratación de las casas productoras.