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Aunque la profesora Gordillo logró (excelente defensa legal) el beneficio de la prisión domiciliaria, será el juez quien determine su movilidad, sus visitas, sus comunicaciones pero, en especial, las medidas para que no pueda sustraerse a la dichosa acción de la justicia.

Es así, porque el que la cautiva esté en su casa no significa una libertad mayor que la casi nula de los recluidos en cualquier cárcel.

Su libertad solo podrá decidirse en la sentencia… que también pudiera condenarla.

El juez le dio la razón a la PGR para que se le restrinja la oportunidad que tenía de comunicarse personal y electrónicamente con quienes y cuantos quisiera, y evitar que su departamento se vuelva oficina por la que desfile quien sea y que la maestra llame o chatee sin límite alguno.

Según el MP, hay riesgo de que se escape y desestabilice “la paz y la seguridad del Estado mexicano”.

La prisión domiciliaria es una medida de beneficio humanitario, mas no un derecho.

Si no acata las restricciones, Elba Esther corre el riesgo de ser devuelta a una cárcel de a deveras

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