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Inai ordena a Fonatur informar sobre compraventa de lote en Huatulco
Foto del Pleno del INAI.

El Fondo Nacional de Fomento al Turismo (Fonatur) debe informar los montos de las penas convencionales determinadas y montos pagados por estas con motivo de la compraventa de un lote del Desarrollo Turístico Bahías de Huatulco, Oaxaca, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai).

Al presentar el asunto ante el Pleno, la comisionada Josefina Román Vergara aseguró que la institución para asegurar el ejercicio transparente de la información pública, con el propósito de que las y los mexicanos evalúen la gestión gubernamental y el desempeño de los servidores públicos.

“La entrega de los documentos relacionados con el cumplimiento en la ejecución de los proyectos turísticos en nuestro país permitirá contar con información que coadyuve en la toma de decisiones del sector turístico nacional”, aseveró la comisionada.

Apuntó que dar a conocer lo requerido es una oportunidad para impulsar acciones que mejoren el conocimiento cuantitativo y cualitativo del sector turístico.

“La publicidad relativa a los montos de las penas convencionales determinadas y los montos pagados, permitirá conocer el adecuado cumplimiento de las condiciones contractuales impuestas al inversionista por parte del sujeto obligado”, destacó Román Vergara.

El Inai apuntó que un particular solicitó los documentos en los que consten las penas convencionales determinadas respecto de un lote ubicado en la Zona Turística del Desarrollo de Bahías de Huatulco, en Oaxaca.

Fonatur señaló que la información requerida es confidencia, de acuerdo con las fracciones I y III del artículo 113 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), pues revela la identidad del inversionista y capacidad económica.

Inconforme con la respuesta, el particular interpuso un recurso de revisión ante el Inai, por medio del cual manifestó que el monto de las penas convencionales no está relacionado con el nombre del inversionista; por lo tanto, no se vulnera confidencialidad alguna.

Al analizar el caso, se determinó que la información solicitada no revela la capacidad económica de la empresa inversionista. Por el contrario, la  difusión de las penas convencionales contribuye a la rendición de cuentas sobre la capacidad de pago del inversionista, y sobre la decisión del Fonatur a elegir al inversionista y autorizar la operación de comercialización, pues las Políticas de Comercialización del Fondo disponen que no pueden ser elegibles los inversionistas o solicitantes con un mal historial crediticio.

Por lo anterior, el Pleno determinó modificar la respuesta del sujeto obligado y le instruyó entregar la expresión documental que contenga los montos de las penas convencionales determinadas y los montos pagados con motivo de las mismas, generados con motivo de la compraventa del lote- 13 manzana 2 Sector B, El Faro, del Desarrollo Turístico Bahías de Huatulco, Oaxaca.

Con información de López-Dóriga Digital