La prohibición del uso de animales en circos estará vigente a partir del 6 de octubre, de acuerdo con el dictamen que establece la medida aprobada por el Senado de la República. En el documento se amplía la entrada en vigor, de 180 a 270 días naturales, del decreto que reforma la Ley General de … Continued
La prohibición del uso de animales en circos estará vigente a partir del 6 de octubre, de acuerdo con el dictamen que establece la medida aprobada por el Senado de la República.
En el documento se amplía la entrada en vigor, de 180 a 270 días naturales, del decreto que reforma la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (Lgeepa) y la Ley General de Vida Silvestre, publicado en el Diario Oficial el 9 de enero de 2015.
Con las reformas aprobadas se permitirá el sacrificio de los ejemplares en casos de emergencia por sufrimiento de lesiones o afecciones que causen dolor o sufrimiento incompatibles con su vida. El sacrificio debe realizarse de acuerdo con la normatividad vigente.
En caso de muerte de algún ejemplar de vida silvestre utilizado en circos, sus poseedores deberán acreditarla mediante certificado médico veterinario, e informar a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) que el deceso fue por causas naturales o sacrificio de emergencia.
El dictamen remitido a la Cámara de Diputados precisa que la SEMARNAT deberá realizar visitas de supervisión técnica a los circos que, al momento de entrar en vigor el decreto, aún no hayan entregado sus ejemplares de vida silvestre a zoólogos o centros para la conservación de la vida silvestre.
En el mismo sentido la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) llevará a cabo visitas de inspección y, de ser el caso, aplicará las sanciones correspondientes.
A pesar de los avances normativos, persisten factores que ocasionan que los ejemplares de fauna silvestre sean objeto de comercio para taxidermia, con el argumento de mala economía debida a la pérdida de su fuente de ingresos y la limitada capacidad de los centros para la conservación e investigación de la vida silvestre.
Las autoridades también tiene conocimiento de que los empresarios circenses han llevado a cabo acciones como la solicitud de autorización para comercializar nacional o internacionalmente esos ejemplares.
El dictamen indica, que en ningún momento se abrió la posibilidad de vender los animales silvestres a colecciones privadas, ni permite su uso en la práctica de taxidermia, por lo que es necesario verificar a cada circo para que no se realicen esas actividades.
Redacción.