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En casos tan rampantes de desvío de recursos públicos, como los documentados en “La estafa maestra” por Mexicanos contra la Corrupción y la Impunidad y Animal político, hay algunos rasgos esperanzadores pese a que el reportaje ha sido ignorado por los medios masivos y por las fuerzas políticas.

El principal de esos rasgos se refiere a que  la radiografía precisa de la asignación ilegal de más de 7 mil millones y la desaparición de 3 mil 400 ha sido posible por los instrumentos de fiscalización y transparencia instalados en las instituciones mexicanas.

Ha sido posible por el registro de anomalías de la Auditoria Superior de la Federación y por las obligaciones de transparencia a que están obligadas todas las dependencias públicas.

La información inicial de los desvíos para seguir la huella de los contratos y los subcontratos fraudulentos fueron obtenidas de la misma ASF, y de las múltiples instancias públicas de registros de contratos y empresas, proveedores de las dependencias y compras del gobierno.

Fueron satisfechas 350 solicitudes de información hechas a las secretarías y las universidades involucradas, en una curiosa situación donde todo lo que se responde es elocuente, en especial las contestaciones mentirosas, evasivas, burocráticas o compungidamente reglamentarias.

Otro rasgo esperanzador es que la investigación señala con precisión el lugar por donde se está fugando el agua.

Todo viene del Artículo 1 párrafo 5 de la Ley de Adquisiciones del Sector Público. Como  crucigrama para el fin de semana, copio aquí el párrafo de marras:

“Los contratos que celebren las dependencias con las entidades, y los actos jurídicos que se celebren entre dependencias, o bien los que se lleven a cabo entre alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal con alguna perteneciente a la administración pública de una entidad federativa, no estarán dentro del ámbito de aplicación de esta ley”.

Yo creo que lo que esto quiere decir es que para adjudicaciones de contratos entre instancias de gobierno, la ley de adquisiciones no aplica. O sea, obliga al gobierno en su trato con particulares pero no en sus tratos con otras instancias de gobierno, federales o locales, incluyendo a las universidades públicas.

Me parece que queda claro cuál es la regadera que hay que cerrar.

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