Los ministros apuntaron que esta medida salvaguarda a las víctimas así como a los menores que en algunos casos son por el crimen organizado
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que se valide la prisión preventiva a adolescentes mayores de 14 y menores de 18 años de edad, en caso de ser necesario.
Los ministros del Pleno resolvieron por mayoría de ocho votos que los menores de edad pueden mantenerse detenidos durante el proceso en su contra, si están acusados de cometer delitos graves, del mismo modo que los adultos.
“Sí se puede imponer una medida cautelar de esta naturaleza, con un internamiento preventivo, que solamente se puede hacer en materia de extrema necesidad por la calidad de los delitos”, aclaró el presidente de la SCJN, Luis María Aguilar Morales.
Los ministros apuntaron que esta medida salvaguarda a las víctimas así como a los menores que en algunos casos son usados por la delincuencia organizada.
“Con frecuencia la delincuencia organizada utiliza a menores de edad en algunas de las conductas ilícitas que lleva a cabo y en esta medida entiendo yo también que en su caso y cuando se justifique como medida excepcional, la medida de internamiento provisional también tiende a la protección de la integridad, incluso física de ese adolescente”, señaló el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
Tres ministros votaron contra esta medida pues argumentan que no se puede tratar a un menor de la misma forma que a un adulto.
“Yo lo que entiendo del sistema de justicia para adolescentes que se creó con reforma constitucional, es que se pretendió crear un sistema autónomo al resto del sistema penal y este me parece que es un punto importante”, comentó el ministro José Ramón Cossío Díaz.
Con información de Noticieros Televisa