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Si licencia sigue vigente, Samuel García cometería delito de usurpación de funciones públicas: Francisco Burgoa
Foto de Facebook Samuel García

Francisco Burgoa, abogado y profesor de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la UNAM, detalló que Samuel García podría incurrir el delito de usurpación de funciones públicas, en caso de que insista en asumir funciones de un cargo público que no tiene en este momento.

En redes sociales, el especialista en Derecho Constitucional detalló que dicho delito está previsto en el artículo 255 del Código Penal para el Estado de Nuevo León.

“La licencia que el Congreso de Nuevo León le concedió a Samuel García para separarse de su cargo como gobernador del estado sigue vigente, toda vez que la suspensión (del Poder Judicial de Nuevo León) que había concedido para que no se retirara del cargo, se sobreseyó (quedó sin materia)”, indicó en su cuenta de X, antes twitter.

Léase: si el gobernador constitucional con licencia, Samuel García, insiste en asumir funciones de un cargo público que no tiene y menos la calidad de servidor público, de entrada, cometería el delito de usurpación de funciones públicas previsto en el artículo 255 del Código Penal para el Estado de Nuevo León”, indicó

Indicó que el delito de usurpación de funciones públicas, tiene una penalidad de cárcel que va de un mes a tres años y multa de una a diez cuotas, valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente.

Además, explicó que si Samuel García  insiste en “reasumir” el cargo de gobernador implicaría una violación a la suspensión concedida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en las controversias constitucionales, cuyos efectos son

  1. En virtud de que es un hecho notorio que el Congreso de Nuevo León ya designó a Luis Enrique Orozco Suárez como Gobernador Interino, lo procedente es que el Poder Ejecutivo Local, o cualquiera de sus dependencias, permitan que se desarrolle una efectiva toma de posesión del ciudadano nombrado como Gobernador Interino y se garantice la gobernabilidad y seguridad del funcionario para el periodo otorgado en la licencia.
  2. Asimismo, que cualquier autoridad se abstenga de realizar nueva designación o nombramiento alguno sobre la titularidad del Poder Ejecutivo, sin importar su denominación, hasta en tanto se resuelva en definitiva la presente controversia constitucional“.

“Es decir, cometería el delito de abuso de autoridad (desobediencia) y sería separado (definitivamente) del cargo”, señaló en su análisis.

“Si los servidores públicos de Nuevo León no quieren tener problemas administrativos y jurídicos deberían ignorar a Samuel García hasta en tanto el Congreso o el Poder Judicial no diga lo contrario”, señaló en redes sociales..

Con información de López-Dóriga Digital