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Romero Deschamps debe comparecer si se emite orden de aprehensión en su contra: CJF
Foto de El Economista

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) explicó que la suspensión definitiva otorgada al líder petrolero Carlos Antonio Romero Deschamps, se otorgó debido que los “jueces que el quejoso señaló como responsables no rindieron el informe previo que el Juez de Distrito solicitó, dentro del plazo perentorio que la Ley de Amparo establece”.

Por medio de un comunicado, el organismo indicó que, “ante la ausencia de esos informes, de acuerdo a la propia legislación, el juzgador debe presumir ciertos los actos reclamados a las autoridades omisas y pronunciarse respecto de la suspensión solicitada; que es lo que hizo el juez de amparo”.

Recordó que la resolución incidental es clara en señalar que la suspensión concedida no surtirá efectos si los delitos imputados al quejoso merecen prisión preventiva oficiosa.

Además, aclaró que el fallo precisa que si el quejoso no comparece “ante el juez que hubiese librado la orden de aprehensión dentro del plazo de tres días, la suspensión concedida dejará de tener efectos”.

Con información de López-Dóriga Digital