Minuto a Minuto

Internacional Trump cancela el viaje a Pakistán de sus negociadores que debían hablar con Irán
Trump justificó la decisión al asegurar que EE.UU. tiene ventaja, no ve necesario viajar a Pakistán sin garantías
Nacional ¿Cuándo será el Primer Simulacro Nacional 2026?
Durante el Primer Simulacro Nacional 2026, el sistema de alerta en celulares eliminará la leyenda de “Alerta presidencial” y la sustituirá por un mensaje de simulacro
Nacional Gobernadora de Veracruz anuncia estrategia para sanear finanzas municipales
Rocío Nahle anuncia plan para liquidar deuda de bursatilización en Veracruz, saneando finanzas de 199 municipios para impulsar obra pública
Internacional EE.UU. autoriza a Venezuela el pago de los abogados de Nicolás Maduro y Cilia Flores
La OFAC autorizó que los abogados de Maduro y Cilia Flores reciban pagos del gobierno venezolano bajo ciertas condiciones
Internacional León XIV pide formar el pensamiento crítico de los jóvenes ante el “asedio” de estímulos
Durante una audiencia, el papa León XIV subrayó que los alumnos "no necesitan respuestas prefabricadas, sino cercanía y honestidad"
Publican en el DOF Ley 3 de 3; deudores alimentarios y agresores sexuales no tendrán cargos públicos
Foto de Cámara de Diputados

Fue publicado este lunes en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación (DOF)  la reforma constitucional de la Ley 3 de 3, la cual impide que agresores sexuales, deudores alimentarios y culpables de violencia de género ocupen un cargo en el sector público. 

Este documento fue firmado por el presidente Andrés Manuel López Obrador y entrará en vigor a partir del martes 30 de mayo.

En el decreto se reforman y adicionan los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público.

El pasado 24 de mayo, el pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión elevó a rango constitucional la Ley 3 de 3, contra la violencia, tras ser aprobada por más de 16 congresos locales.

La reforma establece que se suspenden los derechos o prerrogativas de los ciudadanos al tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, familiar equiparada o doméstica y violación a la intimidad sexual y violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.

Asimismo, por ser declarada persona deudora alimentaria morosa. En esos supuestos, la persona no podrá ser registrada como candidata a cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para algún empleo, cargo o comisión en el servicio público.

Además, incorpora un lenguaje inclusivo y de mayor precisión en los requisitos para ser titular de la Fiscalía General de la República.

Con información de López-Dóriga Digital