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Prodecon revela malas prácticas del SAT
Foto de archivo

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) dio a conocer diez prácticas que realiza el Servicio de Administración Tributaria, que con el fin de obtener recursos, recurre a acciones calificadas como negativas y que según el fisco se denomina “recaudación persuasiva”.

En el informe, aunque se explica que estas acciones pertenecen a las facultades del SAT, Prodecon señaló que no es la manera adecuada, mediante actos de intimidación o amenazas, para que la dependencia consiga la participación fiscal de los contribuyentes.

Tan solo en el primer trimestre de lo que va del 2015, el SAT informó que mediante la “persuasión” se consiguió recaudar un estimado de 4 mil millones de pesos, a través de cartas, correos electrónicos, llamadas telefónicas y mensajes de texto, entre otros.

De acuerdo a la Prodecon las 10 malas prácticas en las que incurre el SAT son:

  1. Citar a los contribuyentes en las oficinas o por vía telefónica para que resuelvan “inconsistencias” respecto al ejercicio fiscal con términos genéricos como “comportamientos atípicos”.
  2. Dar a conocer estas supuestas irregularidades al contribuyente solo de manera verbal.
  3. Ejercer presión en el contribuyente para que firme una declaración donde el sujeto se compromete a corregir este comportamiento.
  4. Impedir el paso o acceso a oficinas a los asesores de los contribuyentes cuando deben presentarse a una cita.
  5. Mencionar reglas o preceptos legales que contemplan procedimientos que aún no se llevan a cabo. Como ejemplo, la Prodecon refiere las cartas de invitación a realizar depósitos en efectivo donde se cita el fundamento legal de la discrepancia fiscal, a pesar que no se haya realizado este procedimiento.
  6. No explicar de forma clara al contribuyente cómo resolver su situación fiscal.
  7. Señalar el plazo límite para atender la invitación.
  8. Solicitar información copiosa y documentación que no compete a las facultades de fiscalización
  9. Adjuntar formatos no oficiales diseñados por la propia autoridad a dichas solicitudes, transfiriendo la responsabilidad al contribuyente para autoauditarse.
  10. Informar al contribuyente sobre propuestas de pago sin especificar las causas y el método por el cual se determinó dicha resolución.

Con información de Reforma