El TEPJF ordenó en la previa cancelar la candidatura del exgobernador Francisco García Cabeza de Vaca a la Cámara de Diputados
Andrés Manuel López Obrador, presidente de México, evitó hablar sobre la cancelación de la candidatura del exgobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca, quien buscaba una diputación federal por el principio de representación proporcional.
En la conferencia matutina de Palacio Nacional, López Obrador indicó que hasta después de las elecciones del domingo 2 de junio hablará sobre temas de índole electoral.
No, nada, no me meto en eso, no me corresponde. Ya va a pasar el proceso electoral, después del 2 de junio”, argumentó.
“Imagínense cuánto tiempo vamos a tener, cuatro meses para hablar”, puntualizó el tabasqueño en el Salón Tesorería.
El Tribunal Electoral del Poder Judicial Electoral (TEPJF) ordenó en la previa cancelar la candidatura de García Cabeza de Vaca a la Cámara de Diputados.
En la sesión pública del miércoles 17 de abril, la Sala Superior del TEPJF revocó el acuerdo impugnado por mayoría de cuatro votos, con un sufragio en contra del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón.
Morena impugnó la resolución al considerar que, en su concepto, el candidato era inelegible porque existen órdenes de aprehensión en su contra y por estar sustraído de la acción de la justicia.
En sesión pública presencial, la Sala Superior, a propuesta de la magistrada Janine M. Otálora, determinó que la candidatura es inelegible porque: 1) existen dos órdenes de aprehensión vigentes libradas en su contra por delitos graves, sin que haya prescrito la acción penal; y 2) se encuentra sustraído de la acción de la justicia a fin de evitar ser sujeto al proceso penal correspondiente.
Al respecto, el Pleno del TEPJF consideró que se actualizaron las dos condiciones necesarias para considerar que Francisco Javier García Cabeza de Vaca se ubica en el supuesto previsto en la fracción V del artículo 38 de la Constitución Federal, lo que evidencia la imposibilidad para que subsista el registro de su candidatura.
En consecuencia, se revocó el acuerdo impugnado, para el efecto de que el PAN solicite ante el INE la sustitución de la candidatura respectiva (SUP-RAP-102/2024).
Con información de López-Dóriga Digita