Minuto a Minuto

Nacional Detienen al ‘Sagitario’ o el ‘Señor de la Silla’ en Sinaloa
Pedro Inzunza Noriega, alias el Sagitario y/o Señor de la Silla, es señalado como un operador del 'Chapo isidro'
Internacional Jueza de EE.UU. declara ilegal la anulación del TPS a migrantes de Nicaragua, Honduras y Nepal
Una jueza federal de Estados Unidos restauró el Estatus de Protección Temporal (TPS) para migrantes de las tres nacionalidades
Internacional CIA no encontró indicios de un ataque ucraniano a residencia de Putin, según WSJ
The Wall Street Journal apuntó que la CIA no encontró indicios de un ataque ucraniano contra una residencia de Putin
Nacional Infonavit lanza servicio para conocer nuevas condiciones de los créditos que eran impagables
El Infonavit habilitó un sitio web para que los derechohabientes consulten de manera directa las nuevas condiciones de su financiamiento
Internacional León XIV advierte al mundo de cara al 2026 por “estrategias armadas con discursos hipócritas”
El papa León XIV encabezó el canto del Te Deum en acción de gracias por el año transcurrido y por el Jubileo
México endurece el control de armas y prohíbe las de impresiones 3D
Foto de Tom Def en Unsplash

La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, emitió un decreto que reforma la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, en la que prohíbe y sanciona la aportación de las armas reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada Permanente y las fabricadas de forma tridimensional o artesanal.

Dicho decreto, publicado este jueves 29 de mayo en el Diario Oficial de la Federación (DOF), órgano oficial del Gobierno de México encargado de publicar las leyes, también prohíbe y sanciona, entre otras cosas, el uso de vehículos particulares blindados con adaptaciones para utilizar armamento.

También se indica que la Secretaría de la Defensa Nacional es la que “puede autorizar el uso de las armas, municiones y materiales destinados exclusivamente para la guerra, mediante justificación de necesidad, individualmente o como corporación”.

Además, señala que “con base en el principio de reciprocidad, la Secretaría de la Defensa “puede autorizar la portación temporal de armas a los servidores públicos extranjeros de migración o aduanas, debidamente acreditados ante el Gobierno Federal, que participen en la revisión migratoria en los puntos de tránsito internacionales”.

Agrega que “el Poder Ejecutivo Federal, los gobiernos de las entidades federativas, de los Municipios y de las alcaldías de la Ciudad de México deben realizar campañas educativas permanentes de culturas de paz y desarme que tengan por objeto reducir la posesión, la protección y el uso de armas de cualquier tipo”.

“Dichas campañas deben incluir información sobre materiales explosivos, artificios pirotécnicos y sustancias químicas relacionadas, así como los riesgos en su manipulación”, añade.

En la publicación se apuntó que el artículo 1 de la citada Ley “es de orden público, interés social y de observancia general en todo el territorio nacional”.

Y tiene por objeto regular el registro, control, vigilancia y sanción de las actividades conexas con armas de fuego, municiones, artificios, explosivos y sustancias químicas relacionadas, así como sus componentes, accesorios y demás objetos que regula esta Ley.

El pasado 30 de abril, el Senado mexicano aprobó reformar la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, con el objetivo de reforzar el control estatal sobre el armamento, actualizar el marco legal vigente y endurecer las penas contra el tráfico y uso ilegal de armas en el país, además de establecer un nuevo marco jurídico de equipamiento y accesorios, que procure la cultura de la paz y el desarme.

Con información de EFE