¿Qué prohíbe el reglamento de tránsito del DF a los ciclistas?
Lo que los ciclistas no pueden hacer
Los ciclistas de la Ciudad de México no deben circular sobre la banqueta, hablar por teléfono mientras conducen o entrar a carriles centrales de Circuito Interior; además, los agentes de tránsito pueden, como en el futbol, amonestarlos si faltan a alguna regla.
De acuerdo con el Reglamento de Tránsito del Distrito Federal (o Ciudad de México, como prefiera), que entró en vigor en diciembre de 2015, un ciclista es cualquier persona mayor de 12 años que conduzca un vehículo de tracción humana con pedales o con motores eléctricos que desarrollen velocidades menores de 25 kilómetros por hora.
Este nuevo reglamento tiene todo un capítulo (el III) dedicado a la “Circulación de Vehículos no motorizados” que establece obligaciones para los ciclistas, las cuales, en el día a día, parece que no son cumplidas por todos. Revisemos algunas de ellas.
No pueden circular por la banquetas
En zonas como Polanco o Condesa es común ver a ciclistas circulando por las banquetas en todas direcciones y hasta hablando por teléfono, pero el reglamento establece que esto está prohibido.
El Artículo 19 dice que los ciclistas no pueden circular sobre las aceras y áreas reservadas al uso exclusivo de peatones, con excepción de los niños menores de 12 años y elementos de seguridad pública.
Si el ciclista va a, por ejemplo, entrar a una tienda, a su casa o a un estacionamiento, deberá desmontar su bicicleta para caminar sobre la banqueta con ella. Así que en ningún caso puede circular sobre la acera, aunque “vaya aquí adelantito”.
No pueden ir manipulando el celular
El reglamento establece que, en ningún caso, los ciclistas deben manipular un teléfono celular o cualquier dispositivo mientras su vehículo esté en movimiento.
También están cometiendo una falta aquellos que, por ejemplo, salen a pasear con su perro a bordo de su bicicleta, ya que el reglamento prohibe transportar carga que impida mantener ambas manos sobre el manubrio y un debido control del vehículo.
Además, no pueden llevar pasajeros, a menos que se trate de un niño que obligatoriamente debe ir en una silla específicamente diseñada para ese propósito.
No pueden entrar a carriles centrales
El reglamento establece que los ciclistas deben ir en el mismo sentido de la circulación de la calle y preferentemente por el carril derecho, excepto cuando tengan que rebasar a otros vehículos más lentos o que el carril esté obstruido; además, tienen que indicar su cambio de carril o una vuelta mediante señales con el brazo y la mano.
Si tienen que dar una vuelta a la izquierda, deberán esperar hasta llegar a la esquina y cruzar de la manera en la que los señalamientos viales se lo indiquen.
Se les prohíbe también circular por los carriles centrales o interiores de las “vías de acceso controlado”; es decir, no pueden entrar a Circuito Interior, Río San Joaquín Viaducto Tlalpan y los dos pisos de Periférico. Si quieren hacerlo, deberán solicitar una autorizado a la Secretaría y Seguridad Pública capitalina.
Asimismo, no pueden circular por los carriles exclusivos para el transporte público (excepto cuando cuenten con el señalamiento respectivo), nunca deben circular entre carriles y en ningún caso pueden detenerse sobre los cruces peatonales.
Y algo importante: en una vialidad donde haya carril exclusivo para bicicletas, tienen prohibido circular por cualquier otro carril.
Los altos que sí pueden pasarse
Cuando los ciclistas circulen por las llamadas “vías secundarias” (se pueden identificar porque son aquellas en las que la velocidad máxima es 40 kilómetros por hora) y la luz del semáforo se encuentre en rojo, podrán seguir de frente, pero disminuyendo la velocidad y asegurándose de que no pasen peatones o autos.
Cuando una vía no cuente con un carril exclusivo para bicicletas, los ciclistas pueden ocupar un carril completo, y cuando circulen varios ciclistas en caravana, pueden ocupar toda la vía, señala el reglamento.
Uy, qué miedo
Pero, ¿qué pasa con aquellos ciclistas que violen estas reglas? Prácticamente nada: “Serán amonestados verbalmente por los agentes y orientados a conducirse de conformidad con lo establecido por las disposiciones aplicables”.
Es decir: primero, un policía de tránsito debe ver al ciclista infractor, si eso sucede, el agente le indicará en el Reglamente qué falta cometió y, por último, le dará un regaño para después dejarlo ir con un “no lo vuelva a hacer”.
Eso sí, en caso de que el ciclista infractor insulte al agente, éste podrá remitirlo ante un juez cívico para evaluar su falta.
Más sobre el reglamento:
http://www.ssp.df.gob.mx/documentos/nuevo_reglamento_transito/nuevo_reglamento_transito.pdf
Por Carlos Tomasini