Elecciones 2024
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Quejas durante campañas no pueden cancelar candidaturas: Lorenzo Córdova
Lorenzo Córdova, consejero presidente del INE. Foto de Twitter @lorenzocordovav

El consejero presidente del Instituto Nacional Electoral (INE), Lorenzo Córdova, dejó en claro que aunque las denuncias en materia de fiscalización aumentaron en las últimas semanas, ninguna de ellas puede derivar en la cancelación de una candidatura o interrupción de una campaña a este nivel de la elección.

Durante sesión del Consejo General del INE, Córdova Vianello recordó las facultades del propio instituto y de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLEs).

Manifestó que la revisión de las campañas electorales locales compete a los OPLEs y el INE tiene la facultad de revisar tanto campañas federales como locales.

Advirtió que para aplicar sanciones definitivas como la cancelación de candidaturas o registros, se deben respetar los tiempos.

Para ser claro, en la etapa en la que actualmente nos encontramos del proceso electoral, las quejas en esta materia implican el desahogo de procedimientos que constituyen los insumos que complementan la fiscalización, que complementarán la fiscalización de las campañas de los contendientes para que el Tribunal Electoral se pueda pronunciar, en su momento, sobre la legalidad o no del resultado de una elección en su integralidad”, explicó.

“Es decir, considerando por parte de esas instancias jurisdiccionales, tanto los resultados de la fiscalización de las campañas que realizará este Instituto, como los resultados de las quejas que hayan desahogado en la materia, por lo cual no es posible pretender o suponer que el INE o el Tribunal nos pronunciemos a partir de una queja sobre la campaña, durante las campañas electorales. Pero tal pronunciamiento solo es posible hasta que concluya la fiscalización de las campañas, hecho que ocurrirá a más tardar el 22 de julio”, agregó.

El consejero presidente del INE aseguró que la fiscalización es un importante eslabón en la cadena de confianza de nuestros procesos electorales, basado en el Sistema Integral de Fiscalización que se emplea desde 2014 y que contempla revisar todas las actividades desplegadas en campo; visitas aleatorias a casas de campaña y eventos públicos organizados por partidos y candidatos; la recepción y sustanciación de las quejas que se presentan durante las campañas en materia de Fiscalización; el análisis de la información reportada en el SIF y su cruce con fuentes externas; y ahora el intercambio con autoridades hacendarias, financieras y fiscales, solicitudes sobre informes bancarios, actividades comerciales y financieras, e incluso de antecedentes judiciales.

Por este motivo es que la resolución de las quejas representa un insumo indispensable para que el Tribunal, una vez concluida la Jornada Electoral y la fiscalización de las campañas, declare o no la validez de una elección, pero no puede ser motivo para que excluya a un contendiente durante una campaña, o para interrumpir una campaña en curso”, expuso.

Con información de Milenio