La SCJN señaló que en el caso de las personas públicas, los periodistas tienen permiso de recurrir a una cierta dosis de exageración
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) razonó este miércoles que la libertad de expresión suele ser más amplia cuando un periodista se refiere a una persona pública, pues están expuestas a un escrutinio de sus actividades y manifestaciones.
En una sentencia, los ministros de la Primera Sala determinaron la constitucionalidad de varios artículos de la Ley de Responsabilidad Civil para la Protección al Derecho de la Vida Privada, el Honor y la Propia Imagen.
Ante la demanda de una persona pública contra un periodista, señalaron que la libertad de expresión de estos últimos es el pilar de un Estado democrático, al mantener abiertos los canales para el disenso y el cambio político.
Añadieron que en el caso de las personas públicas esta libertad es más amplia, por lo que, respetando los derechos de terceros, se permite “recurrir a una cierta dosis de exageración, incluso de provocación“.
Con información de López-Dóriga Digital