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Información, desinformación y difamación, por Diego Fernández de Cevallos
Foto de Excélsior

Por: Diego Fernández de Cevallos

Gracias al meritorio esfuerzo de FUNDAR se publicaron parcialmente los nombres de contribuyentes (personas físicas, empresas e INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES) a quienes el SAT nos condonó impuestos en sexenios anteriores. A ello lo obligó el Código Fiscal de la Federación y las leyes de ingresos para los años 2007 y 2013. Implicó un impago al erario por cientos de miles de millones. Falta saber quiénes son los contribuyentes que recurrieron al juicio de amparo para que no se publicaran sus nombres.

En cualquier parte del mundo toda condonación multimillonaria de impuestos -sin la explicación y justificación debidas- provocarían indignación nacional; cuantimás en un país como este con alto grado de pobreza.

Por eso, procede que las autoridades actuales hagan un escrutinio individualizado de esas operaciones para que informen a la sociedad sobre la legalidad o ilegalidad de las mismas, y en qué casos se trató de: créditos incobrables, de la recuperación posible, de preservar fuentes de trabajo y de generar más impuestos.

La información veraz, obtenida y difundida por FUNDAR, no da derecho a nadie para vomitar falacias y hacer con ellas juicios sumarios condenatorios, como afirmar que “Calderón y Peña condonaron cientos de miles de millones de pesos a sus consentidos”. Esa mentira demuestra la calaña que opera en las “benditas redes sociales”, acompañada por “justicieros” amparados en el sacrosanto ejercicio del falso periodismo. El SAT cumplió con las leyes emitidas por el Poder Legislativo. Las condonaciones no fueron decisiones presidenciales, ni dirigidas a sus “consentidos”. Todos los contribuyentes, mayores y menores, eran destinatarios de esas leyes.

Cualquiera puede consultar los documentos oficiales que a mi crédito fiscal conciernen y, con base en ellos, afirmo:

1) El 10 de julio de 2007, sin visita previa ni auditoría, el SAT me determinó una “omisión parcial” en el pago de impuestos correspondientes al ejercicio de 2001. Esa omisión la consideró un “error aritmético”, la cuantificó en cuatro millones cuarenta y cinco mil pesos más accesorios, y dejó constancia que era mi derecho impugnar su determinación.
2) No ejercí ese derecho, aunque se trataba de un crédito (real o supuesto) cuya antigüedad lo hacía para el fisco incobrable. Me acogí a la ley vigente, obtuve una condonación parcial y pagué al erario un millón dieciséis mil pesos.

No fui “consentido” del presidente en turno. Estoy acostumbrado al asedio y las difamaciones; y me vienen más. Por principio, para mí la honra no tiene valor absoluto, el honor sí.

De los “mil millones de un adeudo predial”, le hablaré próximamente. Por lo pronto, todos debemos cuidarnos de quienes no respetan la frontera entre la información veraz y la difamación falaz.