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Controversia constitucional contra acuerdo sobre megaobras de la 4T no es tema político: Inai
Foto de @bl_ibarra

Blanca Lilia Ibarra, comisionada presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), aseguró que la controversia constitucional contra al acuerdo que protege megaobras del Gobierno de México no es un tema político.

Tras su participación en el foro “Día Internacional Contra la Corrupción”, Ibarra Cadena confió que la  Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se pronuncie sobre los problemas de inconstitucionalidad que se detectaron y resuelva en consecuencia.

Aquí no hay un tema político, aquí hay un tema que es para la sociedad, nosotros defendemos el derecho de ustedes, el derecho de las personas, de cualquier ciudadano que está detrás de un micrófono o detrás de una cámara y que quiere saber qué se hace con los recursos públicos, argumentó.

“Desde luego confiamos en la Corte, confiamos en las instituciones del país, pero sobre todo confiamos en que la ciudadanía debe de exigir siempre mejores cuentas y nosotros asumimos el rol que nos corresponde, este es un asunto que obedece efectivamente a un análisis técnico y jurídico y en ese sentido estamos actuando, expresó.

La comisionada presidenta del Inai afirmó que será en cuatro o cinco días hábiles cuando el director general jurídico de dicha institución presente la controversia ante la Corte.

“Advertimos que con este acuerdo (del Gobierno Federal) puede frenarse, limitarse el derecho a saber de las personas”, dijo.

Por unanimidad, el Pleno del Inai determinó presentar una controversia constitucional ante la Suprema Corte en contra del acuerdo por el que se declaran como de seguridad nacional e interés público los proyectos y obras de infraestructura del Gobierno, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 22 de noviembre pasado.

Del análisis realizado por el Instituto, se advirtió que el citado acuerdo transgrede los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque realiza una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a esos proyectos u obras, vulnerando el derecho a saber de la sociedad.

Por tanto, se concluyó que existe una posible violación al artículo 6º de la Constitución, pues la seguridad nacional y el interés público son causales de reserva de la información y la clasificación de la misma debe realizarse por los sujetos obligados caso por caso, fundando y motivando la determinación y cumpliendo los requisitos de la prueba de daño.

Con información de López-Dóriga Digital