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Habrá horario especial para autotransporte de carga en vacaciones de Semana Santa
Foto: Unsplash

Durante las vacaciones de Semana Santa se implementará un horario especial para el autotransporte de carga y grúas. Esta medida comenzará a las 00:00 horas del 11 de abril de 2025 y finalizará a las 23:59 horas del 27 de abril de 2025. Su objetivo es mejorar la seguridad de los vacacionistas en los caminos y puentes de jurisdicción federal.

El Aviso fue publicado por la CONAMER y se espera su ratificación en el Diario Oficial de la Federación (DOF)

Ante el próximo periodo vacacional de Semana Santa 2025, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a cargo de Jesús Antonio Esteva Medina, informó que el servicio de autotransporte federal y transporte de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y volumen, así como grúas industriales, transitará en horario especial, a fin de fortalecer la seguridad de los vacacionistas en caminos y puentes de jurisdicción federal.

Las grúas industriales y los equipos para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la SICT, podrán transitar en el período vacacional comprendido del 11 de abril de 2025 al 27 de abril de 2025, de la siguiente manera:

Los días 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24 y 25 de abril de 2025, cuando circulen por caminos tipo ET4, A4 y B4, lo harán de las 00:00 horas a las 23:59 horas.

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Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D, con luz diurna, será en horario de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas; de 18:30 a 23:59 horas, pero con la condición de circular con dos carros pilotos, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera.

Los vehículos referidos anteriormente deberán suspender totalmente su tránsito los días 11, 12, 13, 17, 18, 19, 20, 26 y 27 de abril de 2025.

Las restricciones señaladas no les serán aplicables a aquellos usuarios y permisionarios del servicio de Autotransporte Federal y transporte privado de carga especializada, relacionados con proyectos u obras a cargo del Gobierno de México.

Específicamente estarán exentos solo los que están involucrados en la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar, equipo tanto del Tren Maya, como del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, y los aeropuertos de Palenque, Chiapas, Chetumal y de Tulum, Quintana Roo, los cuales son de seguridad nacional e interés público, así como el sector petrolero.

Las restricciones durante aquellos días de mayor tránsito permitirán un mejor flujo vehicular de las carreteras federales, compuesto principalmente de familias que viajan con motivo de la celebración de Semana Santa y por vacacionistas con destino a lugares turísticos.

El aviso formal lo emitió la Dirección General del Autotransporte Federal de la SICT, y fue dado a conocer por la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER).

Con información de López-Dóriga Digital.