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                  Les reitero: la muerte es una hija de la chingada que solo nos deja desolación, pero al menos nos recuerda, entre el dolor y la ausencia, el vamos a vivir la vida, que para eso vinimos. Que no se nos olvide
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"Yo te compro el boleto de avión", fueron las palabras de Vence al ver una bandera de México en la convención republicana
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Vanely ofrecía tandas de dinero y artículos como pantallas, teléfonos celulares, muebles y otros productos que nunca fueron entregados
Nacional Sheinbaum destaca avances y nuevas obras para Veracruz
Claudia Sheinbaum anunció los avances que el gobierno federal ha tenido en Veracruz en materia de salud, educación y vivienda
Nacional Vuelca tractocamión con pipas de diésel sobre la autopista Guadalajara-Colima
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Gobierno Federal emite decreto para impulsar inversiones por nearshoring
Fotografía de una maquiladora en Ciudad Juárez. Foto de EFE/Luis Torres

El Gobierno de México emitió un decreto para impulsar las inversiones por nearshoring.

Gabriel Yorio, subsecretario de Hacienda, detalló que se darán incentivos fiscales a las empresas que deseen reubicarse en cualquier parte del país.

Los beneficios son la deducción acelerada de inversiones, que varía del 56 al 89 por ciento en 2023 y 2024. Además, se garantiza una deducción adicional del 25 por ciento durante tres años para gastos de capacitación de trabajadores, enfocándose en el desarrollo del capital humano”, expuso en redes sociales.

El decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), informa que los estímulos fiscales aplicarán a empresas dedicadas a la producción, elaboración o fabricación industrial, y exportación de:

  1. Productos destinados a la alimentación humana y animal.
  2. Fertilizantes y agroquímicos.
  3. Materias primas para la industria farmacéutica y preparaciones farmacéuticas.
  4. Componentes electrónicos, como tarjetas simples o cargadas, circuitos, capacitores, condensadores, resistores, conectores y semiconductores, bobinas, transformadores, arneses y módem para computadora y teléfono.
  5. Maquinaria para relojes, instrumentos de medición, control y navegación, y equipo médico electrónico, para uso médico.
  6. Baterías, acumuladores, pilas, cables de conducción eléctrica, enchufes, contactos, fusibles y accesorios para instalaciones eléctricas.
  7. Motores de gasolina, híbridos y de combustibles alternativos, para automóviles, camionetas y camiones.
  8. Equipo eléctrico y electrónico, sistemas de dirección, suspensión, frenos, sistemas de transmisión, asientos, accesorios interiores y piezas metálicas troqueladas, para automóviles, camionetas, camiones, trenes, barcos y aeronaves.
  9. Motores de combustión interna, turbinas y transmisiones, para aeronaves.
  10. Equipo y aparatos no electrónicos para uso médico, dental y para laboratorio, material desechable de uso médico y artículos ópticos de uso oftálmico.

Las deducciones también podrán aplicarse a la producción de obras cinematográficas o audiovisuales, siempre y cuando se exporten.

Con información de López-Dóriga Digital