Minuto a Minuto

Entretenimiento Harvey Weinstein usó su poder para aprovecharse de Jessica Mann, una “joven frágil”, según la Fiscalía
La fiscal afirmó que el productor de cine fingió interés en el trabajo de Mann como actriz y se aprovechó de su vulnerabilidad
Ciencia y Tecnología La NASA adelanta el despegue de telescopio Roman, que mapeará a gran velocidad el universo
El telescopio Roman es considerado uno de los más ambiciosos por su capacidad para cartografiar el universo a una velocidad nunca antes alcanzada
Internacional Trump extiende el alto el fuego hasta que Irán presente una propuesta de acuerdo
Donald Trump, presidente de los Estados Unidos, anunció la extensión del alto al fuego con Irán por medio de Truth Social
Internacional Detienen en Panamá a mexicano buscado por violación de menor en EE.UU.
Un mexicano buscado en EE.UU. por el abuso sexual de una menor de edad fue detenido en un aeropuerto de Panamá
Internacional Instituto Cervantes recibe el legado del mexicano Gonzalo Celorio, Premio Cervantes 2025
El escritor y académico mexicano Gonzalo Celorio depositó su legado en la Caja de las Letras del Instituto Cervantes
Discriminatorio que IMSS exija exámenes de VIH como requisito para contratar médicos: SCJN
Foto de IMSS

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que es discriminatorio que el IMSS establezca, como requisito para la contratación del personal médico, la aplicación de exámenes de VIH/SIDA.

Para esta determinación, la SCJN expuso tres razones básicas:

La primera, porque exigir el examen de VIH como requisito para acceder al trabajo médico viola el derecho a la igualdad, pues permitiría negar el empleo a la persona, simplemente por su condición de salud, lo que está prohibido por el artículo 1 de la Constitución.

Segundo, porque la práctica de exámenes de VIH/SIDA a los aplicantes no resulta necesario para proteger la salud de otras personas, pues si todavía no forman parte del personal médico, entonces no se justifica la invasión a la privacidad de los solicitantes, ya que en ese momento no deparan riesgo alguno para trabajadores ni pacientes.

Tercero, porque la protección al derecho a la salud de cualquier manera se cumpliría con la posibilidad de realizar el examen de VIH/SIDA a las personas que ya se encuentran laborando en las instituciones de salud y que trabajen en las especialidades, áreas médicas o actividades en las cuales, efectivamente, exista un riesgo razonable y foco de infección al personal o a los pacientes (precisándose que el examen debe aplicarse de manera general a todo el personal del área o especialidad respectiva y no individualizada a un solo trabajador).

La Segunda Sala consideró que sí está permitido que el IMSS u otras instituciones de salud lleven a cabo exámenes de VIH/SIDA al personal médico, siempre y cuando se realicen de manera posterior a la contratación del profesional de salud y se cumplan con las obligaciones establecidas en una Norma Oficial Mexicana denominada “NOM-010-SSA2-1993″.

Esto significa que los exámenes de VIH/SIDA que practiquen las instituciones de salud a sus trabajadores médicos deben cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Nunca pueden realizarse de manera previa a la contratación.
  2. No deben dar lugar al despido del trabajador.
  3. El examen de VIH solo debe practicarse en las especialidades, áreas médicas o actividades en las cuales, efectivamente, exista un riesgo razonable y objetivo de infección al personal o a los pacientes, conforme a la naturaleza del trabajo médico respectivo y de forma general, no individualizada.
  4. Los resultados del examen de VIH/SIDA no deben ser publicados y por regla general solo podrán ser del conocimiento de las personas y trabajadores que, estrictamente, sean responsables o corresponsables de la aplicación de las medidas necesarias para la protección de la salud del personal médico y los pacientes.

Con información de López-Dóriga Digital