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¿Cómo usar el ‘seguro de daños’ a vivienda del Infonavit?
Tonalá y Viaducto Miguel Alemán. Foto de López-Dóriga Digital

El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) detalló cómo usar el ‘seguro de daños’ en caso de afectaciones a la vivienda, tras los sismos ocurridos los días 7 y 19 de septiembre.

En su página de Internet, el organismo explica que se trata de un programa de aseguramiento para las viviendas que son garantía de créditos hipotecarios otorgados por el Instituto, cuya deuda no haya sido completamente liquidada a la fecha del siniestro y se encuentren al corriente en el pago de su crédito.

Dicho seguro, puntualiza, no aplica para créditos Mejoravit y en el caso de los créditos cofinanciados, solo en a la parte financiada por el Infonavit; en los créditos conyugales aplica en primer lugar al crédito principal, si este se encuentra liquidado, se aplica al crédito conyugal.

En el caso de que la aseguradora, a través de su despacho de ajustadores determine pérdida total de la vivienda, se solicitará la liquidación del crédito, es decir, el saldo que se tenga en la fecha en la que se entregue la carta donde se confirma esta opción.

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Foto de Quadratín

Para ello se requiere entregar una carta en las oficinas del Infonavit de la localidad, donde se indique que por así convenir a los intereses, se solicita la liquidación del crédito y debe incluir firma autógrafa.

En caso de que la aseguradora, a través de su despacho de ajustadores determine pérdida parcial de la vivienda, el pago o aplicación del ‘seguro de daños’ será definido por el Infonavit.

El apoyo para pérdida de enseres será en caso de riesgos hidrometeorológicos atribuibles a huracanes categoría 3 o superiores bajo la escala Beaufort o inundación.

También por terremoto con una escala de 5.5 grados o mayor, incendio o por cualquier razón que se hubiese declarado zona de desastre por la autoridad competente o se haya puesto en marcha el Plan DN-III en el estado donde se encuentran las viviendas dañadas de los acreditados.

Los bienes no cubiertos serán los contenidos de los inmuebles, como mobiliarios, equipos, dinero en efectivo, valores, obligaciones u otros documentos negociables, alhajas, piedras preciosas y cualquier otro artículo de este tipo, de acuerdo con el Infonavit.

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Foto de AP

Entre los riesgos cubiertos, menciona incendios, terremotos, erupciones volcánicas, desplazamientos de terreno, siempre que este se presente de manera súbita e imprevista.

Así como inundación, explosión, huracán, ciclón, granizo o nieve, vientos tempestuosos, objetos caídos de aviones y caída de árboles.

Entre los riesgos no cubiertos están los daños causados por o resultantes en el desarrollo, distribución, proceso, manufactura, construcción, instalación del bien asegurado.

Por daños causados por o resultantes de cualquier falla, deficiencia o defecto de planear, desarrollar, asentar, reparación, construcción, remodelación, del bien asegurado, así como en los materiales usados en lo antes mencionado.

El Infonavit también estipula daños existentes antes del siniestro, daños paulatinos en la vivienda, daños en la vivienda por falta de mantenimiento, entre otros.

Redacción