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Trump designará a los cárteles mexicanos como organizaciones terroristas
Foto de EFE

El presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, dijo este martes que designará a los cárteles mexicanos como”organizaciones terroristas extranjeras” por su papel en el tráfico de drogas y personas hacia Estados Unidos.

“Ellos serán designados (…) he estado trabajando en eso por los últimos 90 días. Ya sabes, la designación no es tan fácil, tienes que atravesar un proceso y estamos conscientes de ese proceso”, manifestó el mandatario estadounidense en entrevista con Bill O’Reilly.

El presidente estadounidense no quiso revelar cuál será su plan de acción en México, pero confirmó la designación.

Desde marzo de este año, Donald Trump reveló su intención de designar a los cárteles mexicanos como organizaciones terroristas.

“Estamos pensando seriamente en hacerlo. De hecho, lo hemos estado pensando desde hace mucho tiempo. La respuesta es sí, son organizaciones terroristas”, declaró para Breitbart en una entrevista publicada el 12 de marzo.

¿Qué implica la designación de “organización terrorista extranjera”?

La Oficina de Contraterrorismo del Departamento de Estado es responsable de identificar entidades para su designación como “organización terrorista extranjera” (FTO por sus siglas en inglés).

Dicho departamento monitorea continuamente las actividades de los grupos terroristas activos en todo el mundo para identificar posibles objetivos para su designación.

Al revisar objetivos potenciales, la Oficina no solo analiza los ataques terroristas reales que un grupo ha llevado a cabo, sino también si el grupo ha participado en la planificación y los preparativos para posibles futuros actos de terrorismo o conserva la capacidad y la intención de llevar a cabo tales actos.

Cuando se identifica a un objetivo, Contraterrorismo prepara un “registro administrativo” detallado, que es una compilación de información que demuestra que se han cumplido los criterios legales para la designación.

Si el Secretario de Estado, en este caso Mike Pompeo, en consulta con el Fiscal General (William Barr) y el Secretario del Tesoro (Steven Mnuchin), decide hacer la designación, se notifica al Congreso estadounidense sobre la intención del funcionario de designar como FTO a una entidad y se dan siete días para revisar dicho nombramiento.

Al expirar el periodo de espera de siete días, y en ausencia de una acción del Congreso para bloquear la designación, se publica un aviso de la designación en el Registro Federal, momento en el cual la designación surte efecto.

Por ley, una organización designada como FTO puede solicitar una revisión judicial de la designación a más tardar 30 días después de la publicación de esta.

Criterios para la designación de una “organización terrorista extranjera”:

  • Debe ser una organización extranjera.
  • La entidad debe participar en actividades terroristas o terrorismo (como se define en la Ley de Inmigración y Nacionalidad de EE.UU.) o retener la capacidad y la intención de participar en actividades terroristas o terrorismo.
  • La actividad terrorista o terrorismo de la organización debe amenazar la seguridad de los ciudadanos estadounidenses o la seguridad nacional de los Estados Unidos.

Efectos legales de la designación:

  • Es ilegal para una persona en los Estados Unidos o sujeta a la jurisdicción de ese país proporcionar a sabiendas “apoyo o recursos materiales” a una FTO designada.
  • Los representantes y miembros de una FTO designada, si son extranjeros, son inadmisibles y, en ciertas circunstancias, removibles de EE.UU.
  • Cualquier institución financiera de los EE. UU. que se dé cuenta de que posee o controla fondos en los que una FTO designada o su agente tiene un interés, debe conservar la posesión o control del monto e informar de ello a la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro.

Otros efectos:

  • La designación respalda los esfuerzos de EE.UU. para frenar el financiamiento del terrorismo y alentar a otras naciones a hacer lo mismo.
  • Estigmatiza y aísla las organizaciones terroristas designadas internacionalmente.
  • Disuade las donaciones o contribuciones y transacciones económicas con las organizaciones nombradas.
  • Aumenta la conciencia pública y el conocimiento de las organizaciones terroristas.
  • Señala a otros gobiernos la preocupación de EE.UU. por las organizaciones nombradas.

Algunos grupos designados como FTO por Estados Unidos:

  • 10/8/1997 Gama’a al-Islamiyya (Grupo Islámico).
  • 10/8/1997 HAMAS.
  • 10/8/1997 Hizballah.
  • 10/8/1997 Partido de los Trabajadores de Kurdistán (PKK, alias “Kongra-Gel”).
  • 10/8/1997 Ejército de Liberación Nacional (ELN) de Colombia.
  • 10/8/1997 Frente por la Liberación de Palestina (PLF).
  • 10/8/1997 Yihad Islámica Palestina (PIJ).
  • 10/8/1997 Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC).
  • 10/8/1997 Sendero Luminoso (SL) de Perú.
  • 10/8/1999 Al-Qa’ida (AQ).
  • 3/27/2002 Al-Qaida del Magreb Islámico (AQIM).
  • 3/18/2008 Al-Shabaab.
  • 11/14/2013 Boko Haram.
  • 1/13/2014 Ansar al-Shari’a en Bengasi.
  • 1/13/2014 Ansar al-Shari’a en Derna.
  • 1/13/2014 Ansar al-Shari’a en Túnez.
  • 5/20/2016 Estado Islámico de Irak y el Levante (ISIL-Libya).
  • 7/1/2016 Al-Qa’ida en el subcontinente indio.
  • 2/28/2018 ISIS Bangladesh.
  • 2/28/2018 ISIS Filipinas.
  • 2/28/2018 ISIS África Occidental.
  • 5/23/2018 ISIS Gran Sahara.
  • 4/15/2019 Cuerpos de la Guardia Revolucionaria Islámica (IRGC).

Con información de López-Dóriga Digital