Minuto a Minuto

Nacional Industria química reclama energía pese a tener un 30 % de capacidad ociosa
La industria química tiene ocioso el 30 % de su capacidad y pidió garantizar el suministro de gas, electricidad y materias primas a precios competitivos
Nacional Juan Villoro destaca la importancia de “la crítica justa” al recibir Premio Carlos Fuentes
Juan Villoro destacó que América Latina sea una excepción ante el avance de la ultraderecha, aunque advirtió que aún falta mucho por hacer
Entretenimiento Jesse Huerta anuncia primer álbum solista tras salida temporal de Jesse y Joy
Huerta anunció un acuerdo de distribución global con Virgin Records para su etapa como solista, cuya música lanzará bajo su sello Nebulosa Records
Deportes Caso Balogun: FIFA prepara defensa tras polémica por llamada de Trump
Según fuentes próximas al Consejo de la FIFA, el organismo trata de modificar la redacción del artículo 27 del Código Disciplinario
Nacional Trabajadores del IMSS exigen conteo a la vista y transparencia en consulta salarial
La consulta nacional somete a consideración un incremento global de 6.8 %: 2.9 % directo al salario tabular y 3.9 % en prestaciones
Absuelven a mexicana acusada de captar adeptos al yihadismo en España
Audiencia Nacional Española. Foto de La Voz de Galicia

La Justicia española absolvió este miércoles a una ciudadana mexicana y a su marido de origen marroquí, nacionalizado español, que estaban acusados de captar adeptos al yihadismo en mezquitas de Madrid y que se enfrentaban a penas de año y medio y siete años de cárcel, respectivamente.

Ana M.R, de 40 años y originaria de Monterrey, se mudó a España en 2011 para casarse con Aziz Z.K., a quien conoció por internet. En 2016 la pareja fue detenida en la capital española en una operación contra el yihadismo.

En 2018 la Audiencia Nacional española condenó a Aziz Z.K a seis años de cárcel por un delito de adoctrinamiento terrorista y a su mujer a un año por enaltecimiento del terrorismo.

Pero el Tribunal Supremo anuló la sentencia y ordenó la repetición del juicio contando con el testimonio de los otros tres acusados en el caso, quienes aceptaron sus condenas desde el principio y llegaron a un acuerdo con el Ministerio Público.

En la nueva sentencia, a la que tuvo acceso EFE, la Audiencia Nacional considera que el contenido de las páginas web examinadas, que constituían una de las principales pruebas en su contra, no es suficiente para acreditar los delitos de colaboración con organización terrorista, adoctrinamiento o enaltecimiento del terrorismo que solicitaba para ellos la Fiscalía.

Según el Ministerio Público, desde finales de 2013 hasta su detención en mayo de 2016 los dos acusados actuaban en el entorno de la comunidad musulmana del sur de Madrid con el fin de crear un grupo para adoctrinar y captar personas para la causa yihadista.

La Audiencia Nacional considera que no han quedado acreditadas “cuáles eran las labores concretas de captación de terceros” ni tampoco “cuáles serían esas acciones ni el mecanismo de aquéllas para mover la voluntad de eventuales destinatarios”.

Con información de EFE