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Nacional Advierten por frío en CDMX el miércoles 14 de enero; activan alertas Amarilla y Naranja
Autoridades de la CDMX activaron las alertas Amarilla y Naranja en cinco alcaldías por las bajas temperaturas previstas para el 14 de enero
Nacional ¿Cómo va el caso contra Uriel R., señalado de acoso a la presidenta Sheinbaum?
Uriel R., señalado de acoso sexual contra la presidenta Claudia Sheinbaum, tuvo dos audiencias este martes 13 de enero
Economía y Finanzas Los trabajadores hoteleros y restauranteros recibirán cursos de inglés por el Mundial
Las capacitaciones concluirán con una evaluación en línea para certificar el nivel de inglés adquirido por los empleados
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La omisión como sinónimo de complicidad en Tulum
Nacional Depresión afecta a 3.6 millones de mexicanos, pero más de la mitad no están diagnosticados
La depresión no debe confundirse con la tristeza cotidiana, pues implica un deterioro sostenido en la vida diaria
Nueva ley de Movilidad de la CDMX podría desaparecer Uber Pool

La nueva Ley de Movilidad de la Ciudad de México, prohibe el uso compartido de autos de transporte de pasajeros entre los usuarios, por lo que el servicio de Uber Pool podría desaparecer.

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El artículo 59 de esta ley, presentada el viernes, establece que queda “prohibido el servicio de transporte de pasajeros privado y especializado con chofer, que se genere a través de dos o más solicitudes con una misma unidad vehicular que realice el mismo viaje a diversas personas, en un mismo recorrido, trayecto o ruta”.

Artículo 59.- Queda prohibido el servicio de transporte de pasajeros privado especializado con chofer, que se genere a través de dos o más solicitudes con una misma unidad vehicular que realice el mismo viaje a diversas personas, en un mismo recorrido, trayecto o ruta.

La Secretaría podrá restringir el servicio de unidades matriculadas en otras entidades federativas a las que contraten el Servicio Privado con Chofer en la Ciudad de México, cuidando fundamentalmente conservar el equilibrio ecológico, de la oferta, demanda y el presente reglamento.

Serán acreedores a la sanción establecida en el artículo 258 de la Ley, a quienes desobedezcan lo mandatado en el presente artículo, sin menoscabo de las sanciones administrativas a que pudiera también hacérseles responsables.

Al igual y como se aplica en los taxis libres, los vehículos que operan en estas plataformas como Uber, Cabify, Easy, entre otras, deberán tener menos de 10 años de antigüedad y deberá estar registrados ante la Secretaría de Movilidad (Semovi), además de contar con la calcomanía cero o doble cero.

Los operadores serán sancionados de acuerdo al Artículo 258 de la Ley de Movilidad, en caso de violar dichas normas.

Redacción