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Aprueban reformas para sancionar violencia en estadios
Violencia en el partido de cuartos de final del Clausura 2017. Foto de Internet

El Congreso de Nuevo León aprobó reformas legales, a fin de establecer sanciones, multas y un padrón de aficionados violentos o que hayan participado en riñas dentro de los espectáculos deportivos.

Luego de los hechos violentos del sábado anterior, tras el clásico regiomontano entre Rayados y Tigres, se hicieron reformas al Código Penal, Ley de Seguridad Pública, Ley de Protección Civil y Ley para la Promoción de Valores y Cultura de la Legalidad del estado de Nuevo León.

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El presidente de la Comisión de Legislación en el Congreso nuevoleonés, Héctor García García, indicó que en el caso de la última ley, se incorporó el concepto de “cultura de paz”, para difundir los riesgos y sanciones que se tendrán si se incurre en situaciones de riñas o altercados en los estadios.

La reforma al artículo 331 Bis del Código Penal del estado establece delitos de violencia cometidos en espectáculos deportivos, por el espectador o cualquier otra persona ajena a los eventos masivos realizados.

Ello, “encontrándose en el interior de los recintos donde se celebre el evento, en sus inmediaciones o en los medios de transporte organizados para acuerdo a los mismos, realice por sí mismo o incitando a otros”.

De esta forma, se sancionará a quien lance objetos contundentes o que por sus características pongan en riesgo la salud o la integridad de las personas; en este supuesto, se impondrán de seis meses a dos años de prisión y de cinco a 30 días de multa.

También a quien ingrese sin autorización a los terrenos de juego y agreda a las personas o cause daños materiales; quien incurra en esto será sancionado con seis meses a tres años de prisión y de 10 a 40 días de multa.

Se sancionará, además, a quien participe activamente en riñas, con seis meses a cuatro años de prisión y de diez a 60 días de multa.

Además, a quien incite o genere violencia, se considera incitador, a quien dolosamente determine a otro u otros para que participen en riñas o agresiones físicas a las personas o los bienes.

Asimismo, cause daños materiales en los bienes muebles o inmuebles que se encuentren en el propio recinto deportivo, en sus instalaciones anexas o en las inmediaciones, o introduzca al recinto o a sus instalaciones anexas, armas de fuego, explosivos o cualquier arma prohibida en términos de las leyes aplicables.

“Quien incurra en las conductas previstas en las fracciones IV, V y VI de este artículo, será sancionado con un año seis meses a cuatro años seis meses de prisión y de veinte a noventa días multa”, se estableció.

También, se adicionó el artículo 32 Bis la Ley de Seguridad Pública Para el Estado de Nuevo León, para que la Secretaría de Seguridad Pública estatal y los municipios en conjunto con la federación llevarán un padrón de aficionados violentos o que hayan participado en riñas dentro de los espectáculos deportivos.

La información se incorporará a la base de datos del Sistema Nacional de Seguridad, cuya confidencialidad se realizará de conformidad a la Ley de la materia, dijo el legislador local.

“Dicha Secretaría emitirá un código rojo que permitirá identificar a los aficionados que hayan cometido el delito de violencia en espectáculos deportivos para su registro, mismos que les permitirán a los administradores negarles el acceso a las instalaciones”, abundó.

Los diputados locales acordaron también realizar recomendaciones de posibles riesgos en espectáculos deportivos y actuar en conjunto con las autoridades municipales, para la implementación de medidas para la seguridad de las personas que acuden a los eventos deportivos, así como para la protección de bienes.

Redacción