Minuto a Minuto

Nacional Declaran culpable Javier López Zavala a por el feminicidio de Cecilia Monzón
Esta declaración de culpabilidad se alcanza tres años después del crimen y a ocho meses del inicio del juicio contra López Zavala
Internacional Exvicepresidente ecuatoriano Jorge Glas “debe ser hospitalizado de urgencia”, dice su abogada
Jorge Glas está recluido en la nueva cárcel de máxima seguridad, ubicada en la provincia costera de Santa Elena, desde el pasado 10 de noviembre
Nacional Protección Civil pide a habitantes del norte, oriente y sureste de México protegerse contra lluvias intensas
Protección Civil pidió mantenerse alerta y tomar precauciones ante la presencia de lluvias fuertes en Veracruz, Oaxaca, Chiapas, Tabasco, Campeche y Quintana Roo
Internacional Embajada de EE.UU. emite consejos de seguridad en fin de año para sus ciudadanos en México
Estados Unidos alertó a sus ciudadanos en México por un aumento del crimen durante las fiestas decembrinas
Economía y Finanzas Peso hila 4 alzas frente al dólar y reafirma su nivel por debajo de 18 unidades
El peso avanzó 0.37 % y cerró en 17.92 por dólar, su mejor nivel desde julio de 2024, impulsado por el debilitamiento del billete verde
Impedir convivir con uno de los padres motivo de cambio de custodia de menores: SCJN
Foto de Fundación Justicia

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que cuando uno de los padres impida sistemáticamente que sus hijos convivan con el otro progenitor se justifica modificar la guarda y custodia para lograr una mejor convivencia.

El pleno de la Primera Sala del Alto Tribunal resolvió así el amparo directo en revisión 2710/2017, cuyo proyecto de resolución fue presentado por el ministro Arturo Zaldívar.

En el caso, después del divorcio de una pareja se decretó que la madre tendría la guarda y custodia y que el padre tendría un régimen de visitas y convivencias.

Impedir convivir con uno de los padres motivo de cambio de custodia de menores: SCJN - goc_0551-sesion-del-pleno-scjn-200220145
Foto de Archivo

No obstante, la madre no presentaba a la niña a las convivencias, por lo que el padre no veía a su hija, a pesar de que intentara por varios medios estar con ella. Por esos hechos, el padre le solicitó al juez modificar la guarda y custodia para que él pudiera convivir con la niña.

La Primera Sala determinó que el cambio de guarda y custodia es lo más benéfico para la menor, pues es la única forma en la que se puede garantizar que las convivencias se llevarán a cabo y, consecuentemente, que la niña estará en contacto con ambos padres.

Lo anterior, en razón de que el hecho de que no conviva con su padre aumenta notablemente la posibilidad de que tenga daños emocionales difíciles de revertir. Además, no existe razón que haga pensar que interactuar con el padre pueda tener un impacto negativo en la vida de la menor.

Por otra parte, se determinó que dicho cambio se debe hacer de forma gradual, pues si se hace de manera radical implicaría mucha intrusión en la vida de la niña.

También señaló que antes de que se determinen las circunstancias precisas de cómo será el cambio gradual, la menor deberá ser escuchada para garantizar que se tomen en cuenta sus intereses y prioridades.