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SCJN reitera prohibición de intereses ‘excesivos’ por préstamos
Monedas mexicanas. Foto de @BanxicoOficial

El Alto Tribunal de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) prohibió los interesesexcesivos‘ en el pago de deudas, recordó el órgano judicial.

El cobro desproporcionado de intereses no está permitido desde 2016, sin importar si la deuda es ordinaria o moratoria.

La diferencia entre ambas radica en que los intereses ordinarios constituyen el precio pagado por el uso del dinero, en tanto que los intereses moratorios son la sanción por la entrega tardía del dinero según lo pactado en el contrato, indica la SCJN.

De acuerdo con la Convención Americana de Derechos Humanos, la usura se presenta cuando una persona obtiene provecho propio y de modo abusivo, sobre la propiedad de otro, un interés excesivo derivado de un préstamo.

Ante dicha definición, la Suprema Corte de Justicia determinó que la usura cabe en el cobro excesivo de intereses.

Con información de López-Dóriga Digital