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Se impondrán multas a quien vulnere la reforma eléctrica
Foto de Diario Fuerza

Por violar la regulación tarifaria, suspender el servicio de transmisión o distribución de energía en forma generalizada y sin justificación, o incumplir las obligaciones de separación contable, operativa, funcional y legal, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) podrá imponer multas a contratistas y permisionarios de la industria eléctrica. Las multas irán de 2 y 10 por ciento de sus ingresos brutos anuales.

Se aplicará sanción económica de 50 mil a 200 mil veces el salario mínimo (entre 3.3 millones y 13.4 millones de pesos) a quienes manipulen los precios de la energía eléctrica, la vendan o compren al margen de la ley, o incumplan las disposiciones en materia de calidad, confiabilidad y seguridad.

La nueva Ley de la Industria Eléctrica, aprobada por la Comisión de Energía de la Cámara de Diputados, aplica una multa de hasta tres veces el importe de la energía eléctrica consumida a quienes se conecten a través de los llamados diablitos, a la red pública o alguna particular.

En caso de hacer uso de “influencia o poder político, real o simulado, sobre cualquier servidor público, personal o consejeros de las empresas productivas del Estado, con el propósito de obtener para sí o para un tercero involucrado beneficios o ventajas”.

La ley establece que, adicionalmente, el Estado establecerá y ejecutará la política, regulación y vigilancia de la industria eléctrica con facultades para ordenar la desincorporación de activos, derechos y acciones de los particulares que incurran en prácticas monopólicas.

La Secretaría de Energía (SENER) y la CRE contarán con facultades para investigar, denunciar y castigar a quienes ofrezcan o entreguen dinero a servidores públicos a cambio de obtener o mantener una ventaja o evadir los requisitos legales para obtener una contratación.

Para términos de transparencia, la Secretaría de Energía abrirá un sitio en internet de acceso público que deberá informar sobre contratos, convenios, anexos y convenios modificatorios de las empresas productivas del Estado en materia de adquisición, disposición, comercialización, transporte, manejo o administración de combustibles, así como de construcción, adquisición u operación de obras para generar, transmitir, distribuir o comercializar energía.

El nuevo Centro Nacional de Control de Energía (Cenace) deberá asimismo restringir o separar del mercado mayorista a quienes incumplan gravemente las reglas del mercado.

Con información de Milenio