Minuto a Minuto

Nacional Se registra rapiña tras volcadura de tráiler en carretera de Oaxaca
Un tráiler volcó la mañana del sábado 21 de febrero sobre carretera Costera 200, tramo Salina Cruz-Huatulco, en Oaxaca
Internacional Rescatista muere tras intentar salvar a un perro en Perú
El suboficial rescatista Patrick Hiroshi Ospina no dudó en lanzarse al río Rímac, en Perú, para intentar rescatar a un perro arrastrado por el caudal.
Internacional Unas 56 millones de personas están en alerta en noreste de EE.UU. por tormenta invernal
El Servicio Meteorológico Nacional de EE.UU. detalló que la tormenta invernal se terminará de formar este domingo 22 de febrero
Nacional Extraditan desde España a sacerdote acusado de abuso sexual infantil en Jalisco
El sacerdote Ramón “N” es señalado en Jalisco por los delitos de abuso sexual infantil agravado y corrupción de menores
Nacional Así es como los cárteles en México reclutan a jóvenes aprovechando el algoritmo de redes sociales
Cárteles en México han modernizado el método de reclutamiento de jóvenes a través del algoritmo de redes sociales
Ratifica Corte pena para quien transporta droga
Foto de Animal Político

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la sanción por transportar cualquier cantidad de droga será de diez a veinticinco años de prisión.

Mediante un comunicado, el máximo tribunal del país explicó que esta revisión se hizo a propuesta de la ministra Olga Sánchez Cordero derivado de un auto de formal prisión dictado en contra de un probable responsable en la comisión del delito contra la salud, en la modalidad de transporte de marihuana, cocaína y metanfetamina quien promovió un juicio de amparo contra la pena impuesta de diez años de prisión.

El acusado argumentó que la pena debe ser graduada de acuerdo a la cantidad del citado delito por lo que el tribunal colegiado le negó el amparo y fue el motivo de la revisión.

Concluyeron que no resulta desproporcionada esta sanción a la luz del texto vigente del artículo 22 constitucional, toda vez que la pena privativa de libertad prevista para quien transporte narcóticos, se justifica por la mayor intensidad en la afectación al bien jurídico protegido, esto es, la salud colectiva.

La Primera Sala confirmó la sentencia recurrida y negó el amparo al quejoso, ya que la pena impugnada se encamina a instrumentar una política criminal que busca inhibir la realización de conductas asociadas con acciones propias del narcotráfico.

Con información de Radio Fórmula.