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Como “pruebas”, el link de una nota periodística y la captura de pantalla de un video en redes sociales, ni aquí ni en China son suficientes para enjuiciar a nadie.

Tan es así que la intachable magistrada Janine Otálora votó a favor de validar lo que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE desechó para de perdis abrir un expediente de investigación.

El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación Felipe de la Mata Pizaña subió a redes el mensaje:

“¿Por qué confirmamos el acuerdo del desechamiento del INE respecto de los ‘acordeones’ de la elección judicial? Entre otras razones, porque los denunciantes no precisaron hechos concretos y omitieron circunstancias de modo, tiempo y lugar…”, y remitió a una infografía salpicada de siglas incomprensibles con explicación a pie de página:

¿Qué pasó?

Una asociación (llamada Proyecto Justicia Común) denunció la supuesta comisión de infracciones consistentes en inducción y coacción ilegal del voto, uso indebido de los recursos públicos y vulneración al principio de equidad por la elaboración y distribución de los llamados “acordeones” por parte de Morena y diversos servidores públicos.

La UTCE determinó el desechamiento de la queja, a partir de un análisis preliminar de lo en ella expresado y las pruebas del expediente, de lo que advirtió que el promovente no precisó hechos concretos, al omitir las circunstancias en que éstos ocurrieron, ni aportó elementos de prueba que constituyeran indicios las infracciones denunciadas.

Inconforme con el acuerdo, el actor interpuso un recurso de revisión de procedimiento especial sancionador y la Sala Superior determinó confirmar el desechamiento porque de la denuncia no se advierte que el denunciante precisara las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que acontecieron los hechos…

Como era previsible y sucedió en el INE, pues, “el elefante en la sala que nadie quiere ver” al que se refirió el consejero electoral Arturo Castillo tampoco ha sido visto por el Tribunal que domina la mayoría oficialista de tres, a cuyos votos Otálora se sumó explicablemente.

La denuncia cuyo desecho aprobó el Tribunal fue presentada el 30 de mayo y no fue contra la influencia de los acordeones en la elección porque ésta todavía no se realizaba. Las demás impugnaciones, con muchos más y sólidos elementos de prueba que relacionan los acordeones con la votación, ni siquiera han comenzado a resolverse.

El fallo del Tribunal no quiere decir, por fortuna, que al descarado fraude del 1 de junio se le haya dado “carpetazo” —como se ha interpretado en muchos medios—, pero deja entrever lo que fatalmente ocurrirá con las otras casi 200 quejas que se han hecho contra la falsaria y excrementicia “elección popular” de jueces, magistrados y ministros.

Nada por desgracia permite suponer que tanto el INE como sobre todo el Tribunal decidan ir al oftalmólogo para poder ver al elefante que aplastó la separación republicana de poderes…