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El plazo otorgado a Somos México, por parte del INE, expira dentro de cinco días. El nuevo partido deberá modificar su denominación y emblema; en caso contrario, si bien no perdería automáticamente su registro, quedaría sujeto a un procedimiento sancionador.

La autoridad electoral reconocía, con su determinación, los derechos de Fuerza por México, la organización fundada por Pedro Haces que perdió su registro nacional hace cinco años pero que aún mantiene delegaciones en Tlaxcala, Puebla y Baja California Sur.

Las diferencias denominativas y tipográficas entre los emblemas de ambas formaciones políticas resultaron insuficientes al INE para eliminar la semejanza. “La coincidencia cromática”, sentenciaron los consejeros, “es suficiente para generar confusión en el electorado”.

Los partidos locales utilizan un “rosa mexicano”, valoraron, mientras que el nuevo partido apela a un “rosa cívico” y emplea las letras MX en su emblema, una “alusión directa a México (que) producen el mismo efecto de apropiación simbólica de la identidad nacional que (se) identificó respecto de la denominación Somos México”.

En la ruta de su integración, la nueva organización partidista celebró 205 asambleas distritales válidas, realizó su Asamblea Nacional Constitutiva y obtuvo 294,141 afiliaciones válidas, con lo cual superó el mínimo exigido en la ley, de 256,030 personas, equivalente al 0.26% del padrón electoral y 200 asambleas distritales.

Al impugnar la decisión del INE, los representantes de Somos México se quejaron de una indebida restricción al derecho de asociación política, en sus vertientes de afiliación e identidad partidista, así como de la vulneración de los principios de legalidad, fundamentación, motivación, certeza, seguridad jurídica y previsibilidad.

La autoridad electoral, denunciaron, introdujo una restricción no prevista en la ley al exigir una supuesta “neutralidad semántica” y prohibir una “apropiación simbólica de la nación”, categorías que no forman parte del marco legal aplicable, el cual únicamente prohíbe denominaciones iguales o semejantes en grado de confusión y alusiones religiosas o raciales.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación admitió esa queja, que fue turnada a la ponencia del magistrado presidente, Gilberto Bátiz, quien propuso al Pleno calificar como parcialmente fundados los reclamos de Somos México.

Si bien la conclusión del Consejo General del INE en cuanto a la denominación del nuevo partido y su emblema jurídicamente es correcta —consideró el magistrado—, las razones que expuso en su acuerdo no son suficientes, aunado a que no precisó adecuadamente los parámetros ciertos, objetivos y verificables para realizar las modificaciones.

La propuesta de resolución, que será debatida en el Pleno de la Sala Superior, dice en su parte lenitiva: “La organización podrá conservar —si así lo determina en ejercicio de autoorganización— algunos de los elementos asociativos actualmente contenidos en su denominación, ya sea la referencia a “México” o “MX”, o bien el vocablo “Somos”, siempre que la denominación se integre con elementos suficientes para dotarla de una identidad propia y claramente diferenciable, a fin de garantizar plenamente la certidumbre sobre su caracterización como partido político a partir de una denominación diferente y sin emplear exclusivamente elementos comunes, no susceptibles de apropiación exclusiva”.

Además de una nueva denominación —propuso el magistrado Bátiz—, el nuevo partido no podrá emplear el color rosa en la misma disposición y combinación a los ya expuestos, así como tampoco los elementos que generen un grado de confusión, por semejanzas relevantes con los partidos locales Fuerza Por México.