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Hay mucho que celebrar en los cambios hechos al proyecto original de la Guardia Nacional. Para empezar, que la oposición se haya hecho presente al menos en el Senado.

El cambio fundamental de la minuta es que establece los lineamientos de una policía nacional, no de un ejército policiaco o de una policía militarizada.

La Guardia Nacional se regirá por una doctrina policial de control del delito no por la doctrina militar de abatimiento del enemigo.

En consecuencia, esa policía tendrá mando civil, no militar, estará bajo la jurisdicción de la Secretaría de Seguridad Pública, no de la Secretaría de la Defensa, y será juzgada en sus delitos por tribunales del fuero civil, no del fuero militar.

Fundamental también es haber sometido a control constitucional de esa nueva policía en materia de derechos humanos y convenciones internacionales que obligan a México.

Son cambios extraordinarios, sobre todo, quizá, por inesperados: porque la iniciativa original era de un acento militar escandaloso y no se veía espacio para una negociación.

Siento que haber vencido los peores ángulos del proyecto original induce a celebrar de más lo conseguido y a olvidar los espacios que la nueva minuta deja abiertos para que se cumpla en los hechos lo que proponía la minuta original. A saber, que el Presidente pueda disponer legalmente de las fuerzas armadas para tareas de seguridad pública, mientras se forma la Guardia Nacional.

El mientras en cuestión es de cinco años, casi los que le faltan al actual gobierno. Mientras llega ese momento, el Senado ha autorizado al Presidente lo fundamental que quería: legalizar el uso de las fuerzas armadas bajo su mando como policía.

Es lo que dice el artículo 5 transitorio de la minuta aprobada.

Dice así: “Durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del presente decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública de manera extraordinaria, fiscalizada, subordinada y complementaria”.

Las palabras finales del artículo son claves, porque contendrían las restricciones a la militarización concedida.

Mañana, mis reservas sobre esto, y algo más.