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Daniel García Rodríguez y Reyes Alpízar Ortiz pasaron más de 17 años en prisión preventiva sin que se les dictara sentencia por un supuesto asesinato cometido en 2002 que nunca se les probó.

En 2019, por considerar emblemático aquel caso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos exhortó al Estado mexicano a eliminar la prisión preventiva oficiosa por su obvia incompatibilidad con los derechos humanos.

No se le hizo caso, como tampoco al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la ONU, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y una gran cantidad de organismos no gubernamentales, académicos y abogados defensores que han condenado la salvaje medida de primero encarcelar y después “investigar”.

La prisión preventiva oficiosa no solo ha sido inútil para reducir los índices delictivos, ha deshecho la vida de miles de probables culpables y seguros inocentes de muy bajos recursos.

Pese a las voces en contra, la mayoría oficialista en el Congreso se dispone a incrementar la lista de delitos para que se pueda encarcelar en automático a los acusados y a éstos privarlos del derecho de amparo de la justicia federal porque, según el dictamen aprobado en comisiones por Morena y sus aliados, ni la Suprema Corte podrá ya intervenir para reivindicar la dignidad humana.

Abruma el 19 constitucional:

El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad y de la salud.

Se le añadirán:

Extorsión, narcomenudeo, actividades ilícitas relacionadas con el fentanilo y otras drogas sintéticas, defraudación fiscal, contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.

Contra el “humanismo” con que se autodefine y pretende se le identifique más la complicidad de su cooptada Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el cuatroteísmo saliente y entrante proclama que busca “justicia” demoliendo al Poder Judicial e imponiendo nuevos delitos que lleven a los acusados a la prisión preventiva oficiosa.

Pero, considerándose “de izquierda”, a lo que da salida es a su reaccionaria vocación persecutoria y carcelaria.