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Grave, recurrente, devastador, el tráfico de niñas y niños en el mundo tiene como único antídoto la Convención de La Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores (a quienes la Constitución mexicana reconoce derechos superiores).

Las condenas mediáticas a la jueza que ordenó el traslado de una adolescente a EU, para que allá (no acá) se le hiciera el examen genético, se dan por ignorancia:

El Estado mexicano está obligado a cumplir la convención que suscribió y que no se refiere al fondo de la custodia (la definitiva) como se ha corroborado, vaya paradoja…, con el desenlace del caso Alondra.

A la jueza Cinthia Mercado García únicamentele tocaba revisar que el procedimiento legal (internacional y nacional) estuviera apegado a derecho y que la adolescente no corriera peligro.

Nada más y nada menos.

Más allá de percepciones y versiones, bajo ningún concepto ni precepto le correspondía ordenar o valorar pruebas, sino solo acatar el mandamiento internacional, siempre y cuando el país demandante (no la madre, que no lo fue) cumpliera con todos los requisitos.

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