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El oficialismo quiere que las reformas constitucionales que pergeñe sean inatacables por el Poder Judicial de la Federación: tuvo la ocurrencia de proponer modificaciones a cuatro artículos, pero en un arranque de mañosa “generosidad”, renunció a despedazar el Primero, que ampara los derechos humanos y el acceso a la justicia derivados de las convenciones firmadas por el Estado mexicano para fabricarse funciones extraordinarias que conducirían a una descarada tiranía “constitucional”.

Adán Augusto López dijo a Ciro Gómez Leyva que la “garantía” de que no lo harán son “los principios” que Morena pregona, pero la presión social, de especialistas y lo que queda de la oposición exhibió la salvajada que implica su pretensión.

Con ese “favor”, sin embargo, no desaparecen las otras modificaciones que proyectan para chatarrizar la justicia y dinamitar la separación y el equilibrio de los Tres Poderes.

La reforma que buscan haría inatacable tanto el proceso legislativo como cualquier otra reforma.

Temen lo que en rigor procede: que la Suprema Corte de Justicia eche para atrás la peligrosa y regresiva reforma al Poder Judicial heredada de López Obrador.

Su iniciativa es un reconocimiento implícito de que la Corte sí tiene facultades para revisar su reforma y saben que es perfectamente procedente declararla inconstitucional, porque ha sumido al país en una grave crisis constitucional pero, como en un pantano, entre más se mueven más se hunden.

La esencia de la nueva reforma, llamada eufemísticamente “en materia de inimpugnabilidad de reformas constitucionales”, es proteger cualquier pendejada, como el requisito de las cinco cartas de recomendación para ser ministro.

Con su proyecto pretenden amarrarle las manos al máximo tribunal violando los principios fundamentales de la Constitución que dan base al testareado Estado Constitucional y Democrático de Derecho.

Las leyes se crean para regir el futuro después de su publicación y a partir de su vigencia, pero no el pasado (principio consagrado como irretroactividad de la ley, estipulado en el artículo 14 y en instrumentos convencionales).

Esta reforma viola ese principio, porque quieren que queden sin materia todas las impugnaciones en contra de la reforma constitucional.

Grave y engañoso lo que dice Adán Augusto cuando afirma que la propuesta se circunscribirá a la judicial, porque las leyes son de aplicación general y no tienen destinatario. Esta reforma aplicaría para todas, no solo para la judicial.

Dicho de otro modo: si en el futuro (inmediato inclusive) se modifica la Constitución para permitir la reelección presidencial o se dispone como legal la tortura o pena de muerte para quien contradiga al gobierno, tal barbaridad no podría ser atacada ni legal y constitucionalmente por un amparo, una controversia constitucional o una acción de inconstitucionalidad.

Parapetados en que lo que hacen es “lo que decidió el pueblo”, delatan una gran dosis de irresponsabilidad, ignorancia y cobardía…