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El martes de la semana pasada en que Genaro García Luna acababa de ser detenido en Texas, la Fiscalía General de la República cometió la imprudencia de informar que ese mismo día empezaba a integrar lo que no servirá para nada: una carpeta de investigación con el fin de que, cuando termine de integrarse, “se le solicitará al Juez de Control competente la orden de aprehensión con fines de extradición en contra de esta persona…”.

La repentina persecución local tiene como gelatinoso sustento “la probable comisión de los delitos: conspiración para traficar cocaína, declaraciones falsas a autoridades judiciales federales (las rendidas en el otro país negando ser delincuente o estar asociado a mafiosos), cohecho, coparticipación en diversos delitos contra la salud, delincuencia organizada y otros”, a los que se añadirán “las investigaciones y las pruebas que han diligenciado las autoridades de los Estados Unidos de América”.

Presta, la Fiscalía “pondrá a disposición las probanzas que las autoridades estadunidenses soliciten legalmente con el objetivo de fortalecer ambos procedimientos”.

Quizá por espíritu navideño, pretender “una orden de aprehensión con fines de extradición” es una subliminal carta a Santa Clós, debido al canijo “factor corruptor de los medios de comunicación”, la incómoda pero aplicable figura jurídica en que se basó la Suprema Corte de Justicia para que Florance Cassez fuera puesta en libertad porque su linchamiento público la hizo víctima de un indebido proceso en el que se pasó por encima de la civilizatoria presunción de inocencia.

Se trata del mismo principio que quiso aplicar el abogado de El Chapo Guzmán para anular el juicio condenatorio del capo, porque algunos integrantes del jurado no atendieron la recomendación del juez de eludir ver medios de comunicación para no contaminar afectar su voto (los jurados en EU son ciudadanos comunes que no tienen preparación jurídica. A pesar de que cualquiera de ellos violara la recomendación del juzgador, este se negó a anular el juicio porque la suya fue solo una sugerencia).

El elemento jurídico, común en los tribunales estadunidenses, fue importado a México por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, hoy presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien en 2012 argumentó que los jueces de las tres instancias que habían condenado a la ciudadana francesa como secuestradora pudieron haber sido influenciados por “el efecto corruptor de los medios” (sobre todo con el famoso video del montaje televisivo que, por cierto, nunca formó parte de las pruebas presentadas en el juicio), y que por eso la declararon culpable.

A Genaro García Luna ya no se le puede procesar en México porque hasta un abogado bisoño puede alegar que se le ha violado la presunción de inocencia y el debido proceso.

Con los linchamientos por parte de autoridades federales y una gran cantidad de medios y periodistas, el ex secretario de Seguridad está condenado y sentenciado de antemano, pero al margen de la ley.