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¿Necesita el SAT tomar fotos y videos en los domicilios fiscales para cobrar mejor los impuestos? Los diputados de la coalición 4T piensan que sí y le otorgaron a la autoridad recaudatoria ese derecho. Modifican el artículo 45 del Código Fiscal de la Federación para permitir a los representantes del SAT recabar imágenes de los bienes que existen en el domicilio. De pilón, hacen cambios en el artículo 49 del mismo código y abren la puerta a que se realicen varias visitas al mismo domicilio. Rudeza innecesaria, dijeron algunos diputados de oposición: se está dando más poder a alguien que ya está empoderado, sentenció Tonatiuh Bravo Padilla, de MC.

No sé si podamos hablar de rudeza innecesaria, porque la evasión fiscal en México es muy alta. Somos el país con la menor recaudación como proporción del PIB en la OCDE y uno de los más bajos en América Latina. Sí viene al caso referir eso de que se le da más poder a quien ya lo tiene. El SAT ya tiene los superpoderes de un Big Brother: puede revisar las cuentas de banco, los gastos en la tarjeta y exigir la colaboración de muchos agentes económicos para verificar las transacciones de un contribuyente. Hay una huella, un rastro cada vez que alguien compra un boleto de avión, un traje, un refrigerador o un coche. Esa huella está a disposición de la autoridad tributaria, que cuenta además con la supercomputadora más potente de México para hacer el trabajo de minería de datos y exprimir el big data.

¿Dónde está el problema? Para defender el derecho de tomar fotos y videos en un domicilio fiscal, la jefa del SAT, Raquel Buenrostro, se refirió al combate de empresas fantasma y a situaciones donde la generación de imágenes no implica mayor problema: una empresa que factura millones de pesos tiene como domicilio fiscal un lote baldío. Una fotografía del terreno sirve para reforzar el expediente y construir un caso de evasión fiscal.

El caso que plantea la doctora Buenrostro es excepcional y los legisladores le obsequian al SAT poderes de verificación que van mucho más allá de armas para cazar fantasmas. Hay que tomar en cuenta que hay cuando menos tres tipos de domicilios fiscales: el de las empresas o instituciones, que son personas morales; el de personas físicas que pueden ser pequeños empresarios con oficinas formales, y el de contribuyentes que tienen en el mismo lugar el domicilio privado y el domicilio fiscal.

¿Qué garantías se ofrecen para las personas que deben recibir a los representantes del SAT en su domicilio físico? La cuestión toma relevancia porque somos un país con altos niveles de inseguridad y en donde se vive una epidemia de incidentes de vulneración de datos personales. La forma en que quedó redactado el artículo 45 del código fiscal deja claro que son muy pocas las garantías: el personal del SAT debe identificarse y mostrar un oficio donde se le acredita para realizar la visita; el equipo con el que se tomen las imágenes debe contar con un sistema de encriptado y de seguridad para evitar el mal uso de las imágenes captadas. Adicionalmente, el expediente digital debe quedar custodiado por el SAT en términos que garanticen el secreto fiscal.

Vamos por partes e imaginemos una situación. Una persona paga bien sus impuestos y tiene una casa atractiva para un robo o extorsión. El representante del SAT toma las fotos y recauda información patrimonial relevante. En un escenario a) todo sale bien. El funcionario es discreto, hace bien su trabajo y el sistema funciona. Happy end. En el escenario b) algo sale mal. El funcionario no es tan discreto; comete un error al guardar la información o el sistema es vulnerado. ¿Cuánto tarda el SAT en detectar la falla y qué medidas toma para proteger a los sujetos en riesgo? Pueden ser decenas de miles en caso de una vulneración masiva.

Ante las críticas, no sé si como broma, el secretario de Hacienda, Arturo Herrera, ha señalado que los contribuyentes también estarán en su derecho de tomar fotos y videos de las visitas del personal del SAT. La respuesta del funcionario sirve para ilustrar lo poco que se han ponderado los riesgos desde el gobierno. Cabe la pregunta: ¿hubo reuniones de coordinación entre el SAT y las autoridades de seguridad pública para evaluar los riesgos?

La decisión del Congreso nos coloca en la dimensión desconocida. El gobierno tiene el derecho legítimo de buscar una mejora en la recaudación, pero también tiene la obligación de garantizar nuestra seguridad y nuestro derecho a la privacidad. ¿Cómo lo hará?