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Solo cinco de los 16 servidores públicos en quienes recayó la responsabilidad de acomodar en sus poltronas a los diputados y senadores de la próxima legislatura respetaron el valor constitucionalmente igual de cada voto emitido el 2 de junio.

Para los otros 11, los sufragios del oficialismo valieron el triple que los de la oposición, y esto explica (no justifica) que el lopezobradorismo detentará una mal habida sobrerrepresentación.

En el Instituto Nacional Electoral, los consejeros que regalaron a Morena, PT y Verde más curules de los que ganaron en las urnas fueron Guadalupe Taddei, Norma de la Cruz, Rita Bell López, Jorge Montaño, Arturo Castillo, Uuc-kib Espadas, Carla Humphrey y Arturo Castillo.

Y en el Tribunal Electoral, los magistrados que alcahuetearon la maniobra fueron Mónica Soto Fregoso, Felipe Fuentes Barrera, Felipe de la Mata Pizaña y Reyes Rodríguez Mondragón.

Para su honra, quienes en el INE aguantaron las presiones cuatroteras y respetaron la garantía de que el voto popular tiene un único valor (derecho humano elemental) fueron Claudia Zavala, Dania Ravel, Jaime Rivera y Martín Faz.

En el Tribunal, una brillante magistrada, Janine Otálora, de intachable trayectoria, argumentó sólidamente contra el agandalle de curules

La oportunista conducta de los consejeros y magistrados que votaron como quiso el poder de los poderes hiede a corrupción: ganaron tiempo de sobrevivencia, porque ni el INE ni el Tribunal serán despedazados por ahora, como contemplaba la iniciativa presidencial de reforma política que repentina y explicablemente sepultó la presidenta electa, Claudia Sheinbaum.

Posponer su muerte institucional es una convenenciera gracia, porque el INE organizará, y el Tribunal calificará, la descocada elección popular de jueces, magistrados y ministros que se propuso el presidente López Obrador para dinamitar, con dedicatoria especial, al Poder Judicial de la Federación.

En su valiente intervención, Otálora dijo que el Tribunal debió “analizar detenidamente su línea jurisprudencial para verificar si la interpretación de los artículos constitucionales referentes a los límites de sobrerrepresentación en la Cámara de Diputados es acorde con la realidad y los principios que rigen nuestro sistema democrático”.

Y es que —hizo ver— “los partidos mayoritarios han perfeccionado mecanismos para evadir estos límites a través de convenios de coalición”, lo que “ha generado una distorsión que trasciende la funcionalidad del sistema constitucional y afecta los principios fundamentales de representación proporcional, diseñados para reflejar fielmente la voluntad popular”.

Lo que debió prevalecer (pero ni los siete consejeros ni sus cuatro pares en el Tribunal lo hicieron) era tomar muy en cuenta que “el principio de representación proporcional tiene como objetivo dar voz a las fuerzas minoritarias” y respetar el voto de la ciudadanía para garantizar así “la continuidad de nuestro régimen democrático…”.