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Nada de “Ley Maduro”. Pero tampoco es la reforma de gran calado que modernizará al sistema electoral, después de una década de ajustes frustrados. La iniciativa presidencial propone modificar 11 artículos constitucionales y en víspera de su dictaminación en la Cámara de Diputados, los expertos debaten más sobre las formas, que sobre el fondo.

¿Ajuste institucional o una necedad de la mayoría oficialista? La implantación de un nuevo modelo de comunicación política y la ampliación de los mecanismos de democracia directa son los aspectos más relevantes, pero menos valorados en la arena pública.

Son cambios de fondo. La fracción XI del artículo 116 sería de nueva incorporación y dejaría en las legislaturas de las 32 entidades federativas la regulación de las consultas populares, los referéndums y los plebiscitos; en consecuencia, además del requisito actual (2% de las personas inscritas en la lista nominal de electores de la entidad federativa) los diputados podrán convocar a este tipo de ejercicios, con las firmas de hasta dos terceras partes de los integrantes de las legislaturas.

Si la materia de una consulta popular afectara a dos o más entidades federativas, su organización quedará a cargo de los OPLES. Para ser vinculante, el resultado de los mecanismo de democracia directa siempre que la participación corresponda, al menos, al 40% de la ciudadanía inscrita en la lista nomina del electores.

Un nuevo párrafo el artículo 134 permitiría que los representantes de los Poderes de los tres órdenes de gobierno promovieran la participación ciudadana en este tipo de ejercicios democráticos, “siempre que no influyan en sus resultados… bajo los principios de imparcialidad y neutralidad”.

En concordancia, el artículo 35 tendría un ajuste. El INE dejaría de ser la única instancia a cargo de la difusión de las consultas populares. Para su promoción, se subraya, no se podrán contratar propaganda en radio, televisión y otros medios o plataformas de difusión masiva.

Más actores intervendrán en los mecanismos de participación ciudadana. Las consultas populares podrían incluir el uso de tecnologías de la información y la comunicación para la emisión del voto.

¿Y las consultas sobre revocación de mandato? No se propuso un ajuste en las fechas de su realización.

En tiempos de campaña, el INE tendrá 35 minutos diarios de tiempos oficiales en los medios electrónicos, que serán distribuidos en dos y hasta tres minutos por cada hora de transmisión en cada estación de radio y canal de televisión. En el periodo de intercampañas, el 50% de esos tiempos se destinaría a los fines propios de las autoridades electorales y el resto, a la difusión de mensajes genéricos de los partidos políticos.

La innovación –y el reto— en materia de comunicación política: “Todo contenido relacionado a los procesos electorales que sea modificado o alterado mediante el uso de inteligencia artificial o cualquier otra tecnología deberá estar etiquetado por su emisor. Los concesionarios de radio y televisión, así como las plataformas digitales, serán responsables de identificar, evitar la difusión y advertir sobre el contenido no etiquetado”.

La ley secundaria establecerá, en ultima instancia, las responsabilidades, medidas y sanciones aplicables, tanto a los generadores de ese contenido indebido, como a sus difusores.

Efectos secundarios

MARATÓNICOS. En dos jornadas, se cumplirá la fase de entrevistas para los 81 candidatos a la titularidad de la Auditoría Superior de la Federación. Entre los 39 citados para la jornada del viernes están los favoritos, a saber: el actual auditor, David Colmenares Páramo; el excontralor de la CDMX, Juan José Serrano; la magistrada Natalia Téllez Torres Orozco, y el auditor capitalino, Erwin Meza. La ausencia de la fiscal anticorrupción, María de la Luz Mijangos, resulta altamente significativa, por enigmática.