Elecciones 2024
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Porque nada sustantivo tuvo que informar a los diputados y senadores, Rosario Piedra Ibarra hizo este demagógico anuncio a la Comisión Permanente del Congreso:

“Entrego una propuesta de iniciativa de ley para elevar a la CNDH al rango de Defensoría del Pueblo, superando el esquema neoliberal que heredamos y apelando a lo mejor de nuestra tradición humanista”.

Mal emplea el verbo elevar, porque pretende lo contrario: bajar, degradar más aún la institución que mangonea y viene chatarrizando.

Incondicional y servil de la 4T, deja ver las ruinosas miserias en que se encuentra hoy el organismo supuesta y constitucionalmente protector de los derechos humanos. 

Además de lo falsario y tramposo de lo que pretende con argucias justificatorias, evidencia lo frágil de sus fundamentos, estulticia crasa y, señaladamente, la ignorancia supina de la neomilitarista machuchona.

Desconoce por lo visto los ordenamientos jurídicos que regulan la actuación de la CNDH. No tiene siquiera claros los conceptos ni las diferencias entre víctimas, pueblo y pobres.

La sugerencia revela la intención de hundir en la mediocridad el servicio que debe prestar la CNDH.

En los promocionales de su iniciativa se difunden obviedades y babosadas:

“Hoy, con menos recursos, tenemos mejores resultados históricos; sin embargo, ha llegado el momento de consolidar los cambios y avanzar en una reforma que permita una mejor defensa de tus derechos humanos”.

Y presenta los “puntos principales” de su despropósito:

1. Cambio de denominación para ser Defensoría Nacional de los Derechos del Pueblo e incorpora el Principio Pro Persona en sus acciones y resoluciones.

El problema no es el nombre de la institución ni de sus órganos, sino la función y el cómo se ejercen las atribuciones a partir de que se trata de un organismo autónomo del gobierno que tiene la obligación de defender la dignidad de las personas que no trabajan como servidores públicos, ya que son éstos (policías, soldados, burócratas y funcionarios) los únicos a quienes, con las dependencias a su cargo, pueden atribuirse violaciones a los derechos humanos (lo mismo de lo que Piedra considera “pueblo” que de las clases medias, acomodadas y hasta de los grandes millonarios).

Desde la reforma constitucional de 2011 y hasta 2018, la actuación de la CNDH se venía rigiendo por el Principio Pro Persona con que Rosario Piedra quiere hoy pararse el cuello… a menos que desde que le regalaron el puesto la CNDH no proceda conforme a tal Principio.

El segundo “punto principal” reza que “las quejas tendrán el tratamiento de recursos de exigibilidad, bajo la lógica de que es obligación de todas las autoridades proteger los derechos humanos”.

Otro plagio: esa obligación está prevista de manera literal en la Constitución, cuyo primer artículo mandata la exigibilidad del respeto a los derechos humanos, esencia y motivo del surgimiento de la CNDH. 

Como se verá en otros de sus “puntos principales”, Piedra Ibarra solo quiere pasarse de lista…