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En la causa penal contra los cuatro militares a quienes la Fiscalía General de la República imputa responsabilidad en la desaparición y el asesinato de los normalistas de Ayotzinapa, el auto de formal prisión da por ciertas declaraciones aisladas, inconsistentes e insuficientes de criminales acogidos por la Unidad Especial de Investigación y Litigación del caso como testigos.

Así falló Enrique Beltrán Santes, juez Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en Toluca.

La fiscalía especial pervirtió sus funciones cuando la encabezó quien por flagrante conflicto de interés nunca la debió encabezar (terminó renunciando): Omar Gómez Trejo, el faccioso ex secretario técnico del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes que sin peritaje científico negó la quema de cuerpos en el basurero de Cocula (pese a las evidencias recabadas por la extinta PGR, cinco especialistas de prestigio mundial, el Equipo Argentino de Antropología Forense y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos). Dicotómico, el juez asienta, por una parte, que el debido proceso es un derecho humano, y que esto “se traduce en la posibilidad de poder conocer, asistir, presenciar, controvertir y recurrir”, y que “la autoridad, en ejercicio de sus atribuciones y facultades, puede invadir derechos” pero “debe cumplir con las exigencias para que el acto de autoridad no se convierta en una arbitrariedad y el sujeto pasivo del evento cuente con los medios legales para defenderse de tal actuación”.

Y por otra, en los hechos, ha dejado a los militares encarcelados en absoluto estado de indefensión.

La defensa le solicitó al juzgador (cumpliendo todas las formalidades) acceso a la totalidad de las constancias que requiere para poder ejercer su derecho a una debida defensa, pero Beltrán Santes se los negó (en acuerdo del 20 de septiembre), lo cual llevó a los abogados a recurrir al amparo de la justicia federal contra la inexplicable y atroz negativa.

De los dichos de testigos protegidos, alguien clasificado como Carla dice “…no supe (a) cuántas personas se detuvo ni cuántos de nosotros intervenimos.

Fueron varias células. Intervinieron policía municipal de Cocula, dos camionetas (que) venían de allá, nos las topamos cuando bajaban hacia Iguala; policía de Huitzuco…”, y en ninguna parte señala presencia de militares.

Otro protegido de la FGR, el identificado como DFM, dice inclusive que uno de los acusados se disculpó con los muchachos por haber supuesto que atendería un asalto y les avisó que pediría una ambulancia.

Pero el juez afirma: “El 26 de septiembre de 2014, entre las 20 o 20:30 horas y las 0 o 1 de la mañana del 27 de septiembre, entre otros (militares), José Martínez Crespo y Eduardo Mota Esquivel conjuntamente con otros intervinientes, privaron de la libertad a 44 (sic) estudiantes (…), derivado de su pertenencia al grupo delictivo Guerreros Unidos…”.

¿De dónde sacó tan miserables deducciones?   Acusados, defensores y sociedad tenemos derecho a saberlo.