Elecciones 2024
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Si la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que “ningún ciudadano podrá participar simultáneamente en procesos de selección interna de candidatos a cargos de elección popular por diferentes partidos políticos”, excepto cuando éstos vayan coligados, y Marcelo Ebrard había renunciado al PRD cuando fue postulado a una diputación por Movimiento Ciudadano, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación cometió ayer un bochornoso atraco.

Lo juzgó así el magistrado presidente, Constancio Carrasco Daza: “No observo simultaneidad objetiva…”.

Pero sus pares Pedro Esteban Penagos (ponente de la revocación), Flavio Galván, Manuel González Oropeza y María del Carmen Alanís hicieron suya la mañosa impugnación que presentó el marrullero socio del PRI, el Partido Verde Ecologista.

Marcelo no jugó en dos procesos de selección: el 22 de febrero concluyó la interna del PRD y, al no resultar candidato por este partido, Ebrard renunció y ese mismo día fue postulado por MC.

Tenía, pues, todo el derecho que ayer le fue violentado.

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