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¿Es conveniente y necesario aplicar las acciones colectivas para denunciar las extorsiones en México?

Actualmente, las acciones colectivas en México son un medio legal para que un grupo de ciudadanos pueda denunciar alguna actividad ilícita y, por tanto, la reparación del daño.

Ese tipo de acciones no aplican en materia penal -es decir, en delitos como la extorsión- que requieren una denuncia o querella individual. Únicamente funcionan en materia civil, administrativa, mercantil o ambiental y sólo en el ámbito de lo federal.

En Estados Unidos, las acciones colectivas o class actions fueron creadas para hacer frente a las mafias en casos de extorsión. Es la Ley RICO.

Un ejemplo exitoso de su aplicación fue la acción colectiva contra una empresa tabacalera que debió pagar cientos de millones de dólares para indemnizar a miles de personas que enfermaron o murieron por consumir cigarrillos, principalmente de Miami, Florida.

La figura de acciones colectivas permite la acumulación de casos para proceder contra los inculpados, mediante una demanda única o colectiva.

Hoy en México, en materia penal, se acumulan los casos o expedientes de extorsión en contra de un señalado, pero debe ser a través de una denuncia personal o a través de representante.

Esto viene a cuento porque aun cuando se ha planteado la conveniencia de estudiar, analizar y aplicar las acciones colectivas, particularmente en el caso de extorsiones, la respuesta de los legisladores y autoridades simplemente es que no se puede…

¿No se puede o no se tiene la voluntad política de hacer frente con todo a la extorsión que es el mayor flagelo que afecta a los mexicanos?

La Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad del INEGI señala que en México se comenten 5 millones de extorsiones, entre intentos y consumadas… pero es una proyección basada en una encuesta.

La realidad, según las propias autoridades, es que alrededor de 97% de las extorsiones a nivel nacional no se denuncian, principalmente por miedo a represalias, desconfianza en las instituciones o la percepción de impunidad. En Tamaulipas el indicador fluctúa entre el 94 y 99 ciento, según informes recientes de 2025.

Y no es para menos.

Viene a la memoria el caso de un empresario tamaulipeco quien contó que, siguiendo las instrucciones de autoridades, presentó denuncia por extorsión que se había convertido en sistemática no sólo en su contra, sino que afectaba a un grupo amplio de productores.

Tras ampliación de investigaciones, los responsables fueron detenidos, pero empezó una constante presión no en contra del empresario, sino de los testigos… trabajadores del lugar donde se cometía la extorsión.

A los trabajadores los tenían ubicados porque sus nombres y direcciones aparecían en las carpetas de investigación.

En días previos a la audiencia ante juez, dos trabajadores fueron asesinados.

Luego entonces, el riesgo mayor está no en denunciar sino en acudir a las audiencias donde habrá necesariamente los careos.

Pedir a los afectados que denuncien es una manera indirecta de evadir responsabilidades ante el delito de extorsión, si no se afinan los mecanismos procesales y cautelares para garantizar la seguridad de las víctimas.

Pero, en especial, encontrar el modo jurídico -máxime cuando se presume de mayorías legislativas- para ajustar las leyes, códigos y reglamentos -como sería el caso de aplicar acciones colectivas, que diluyan la presencia física de las víctimas (sin que se caiga en el anonimato) y sea una autoridad la demandante.

El tema es abordar de frente a un delito sistémico, el mayor que vulnera al país.

No sólo es un tema de ser “c…” como diría el alcalde de Reynosa, Carlos Peña Ortíz para referirse a los políticos miedosos que no quieren abordar el tema.

Es asunto delicado que requiere estrategia y medios legales de fondo en favor de las víctimas.