Minuto a Minuto

Entretenimiento Murió la periodista Celia Gómez Rico
Celia Gomez Rico inició su carrera en los medios de comunicación en Grupo Televisa, como reportera junto a Virginia Sendel Lemet
Internacional Rubio asegura que Irán nunca ha tenido que “enfrentarse a un presidente como Trump”
"Irán nunca se había enfrentado a un presidente como Trump, alguien que realmente pasa a la acción", aseguró Rubio
Nacional Minería mexicana reclama certidumbre ante pérdida de empleos en exploración
El sector minero necesita condiciones para recuperar su crecimiento y aprovechar los minerales estratégicos, afirmó el presidente de la AIMMGM
Internacional Al menos tres muertos en un tiroteo en una zona comercial de Twin Falls, EE.UU.
El jefe de policía de Twin Falls afirmó que el presunto autor del tiroteo había muerto y que "la amenaza para la comunidad ha terminado"
Nacional Manifestantes exigen romper acuerdos con Israel y defender el agua de Chihuahua
La principal preocupación de los manifestantes es el destino del agua, pues sostienen, sin pruebas, que Israel “en realidad viene por el agua”

​En la Suprema Corte de Justicia de la Nación está por resolverse un tema fundamental para la comunidad científica y tecnológica, asunto ventilado por la Federación Nacional de Sindicatos del Sector de Ciencia y Tecnología y por algunos investigadores en medios de comunicación. En términos simples, se trata de una resolución de corte laboral para que los académicos y un segmento de la investigación científica médica sean adscritos al apartado B del artículo 123 constitucional aplicable a los trabajadores al servicio del Estado, en lugar del apartado A, régimen al que actualmente pertenecen.

Al respecto se deben ponderar las ventajas y desventajas. Poco hay que lo justifique más allá de una interpretación rigorista de la Constitución y de una opinable definición sobre la naturaleza de los organismos a los que pertenecen los académicos, científicos y médicos. El tema fundamental es la certeza de derechos. La condición de trabajador de confianza del gobierno compromete la estabilidad laboral, ya que los empleados con tal carácter pueden ser removidos o suspendidos de formas discrecionales.

Se ha dicho que la resolución no aplicaría retroactivamente, esto es, que los académicos y científicos no serían afectados en sus derechos. Esto significaría que habría dos regímenes laborales, lo que a su vez compromete el principio de igualdad o equidad entre los académicos. Unos de primera, los existentes, y otros de segunda, los nuevos. Todo en detrimento de los institutos y de la actividad que realizan en bien del país y del desarrollo científico nacional.

Debe llamar la atención que los trabajadores en el marco del apartado A tienen asegurados sus derechos a través de contratos colectivos que regulan sus condiciones de trabajo. Más ahora con la reforma laboral que garantiza la democracia sindical. En el apartado B no hay tal y las formas de asociación, negociación y contratación son claramente adversas para los trabajadores.

El país requiere de sus científicos y académicos. Su tarea es fundamental para el desarrollo nacional. Es deseable que el máximo tribunal considere las implicaciones de sus decisiones y con un espíritu garantista resuelva por la continuidad de este sector en el marco del apartado A.

Liébano Sáenz

Twitter: @liebano