Minuto a Minuto

Nacional Aerolíneas abren 20 nuevas rutas previo al mundial para fortalecer conectividad en México
Volaris, Aeroméxico y Viva Aerobus forman parte de las aerolíneas que habilitaron nuevas rutas para mejorar la conectividad en México, de cara al mundial
Ciencia y Tecnología Fármacos para la obesidad reducen los días de consumo excesivo de alcohol, según un ensayo
El uso de semaglutida, fármaco usado para tratar la obesidad, puede tratar la adicción a sustancias como el alcohol
Entretenimiento SCJN falla a favor de Diego Luna por uso no autorizado de su imagen
Diego Luna ganó una demanda contra la marca de whisky Johnnie Walker por usar su imagen sin autorización en un comercial
Economía y Finanzas El peso mexicano se deprecia 2.61 % en abril, pero registra avance en lo que va del año
Pese a la depreciación frente al dólar, el peso acumula una apreciación del 3 % o 54 centavos en lo que va del año
Nacional Detienen en el AICM a extranjero con cocaína oculta en lienzos
De acuerdo con información oficial, la detección se realizó mediante labores de inspección, revisión especializada y el uso de tecnología no intrusiva
Tribunal niega al SAT cobrar crédito fiscal a dueño de Oceanografía
Amado Yáñez Osuna, dueño de Oceanografía. Foto de Archivo

Magistrados de la Primera Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) determinaron, por unanimidad, concederle la razón a Amado Yáñez Osuna, dueño de la empresa Oceanografía, para no pagar, por el momento, un adeudo fiscal impuesto por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por la cifra de 108 millones 712 mil 397 pesos.

En sesión virtual del martes, el magistrado Carlos Chaurand indicó que en marzo de 2014, el SAT obligó al dueño de Oceanografía a pagar un crédito fiscal tras incumplir el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del ejercicio fiscal de 2011.

Detalló que en su defensa, Yáñez Osuna argumentó que la notificación realizada en su domicilio por el Servicio de Administración Tributaria fue ilegal, lo cual fue confirmado por Chaurand.

La ponencia concluye que resultan fundadas las manifestaciones de la actora y suficientes para declarar la nulidad de la resolución impugnada en virtud de lo siguiente: se advierte que el 4 de marzo de 2014 a las 10 horas los notificadores hicieron constar que se constituyeron en el domicilio del actor, se encontraba cerrado y por lo tanto, se procedió a tocar en repetidas ocasiones la puerta de acceso principal sin que nadie acudiera al llamado”, señaló el magistrado del TFJA.

Agregó que durante 15 días consecutivos el SAT hizo la publicación de la notificación en estrados, lo que el magistrado considero como un “acto insuficiente”.

En consecuencia, si la notificación del documento que implique el inicio de facultades se realizó en forma contraria, establecido por la ley, cabe concluir que no se iniciaron debidamente el ejercicio de tales facultades, por tratarse de actos viciados de origen”, dijo Chaurand.

Pese a esto, el magistrado aclaró que si el SAT está aún en tiempo y posibilitado de realizar de nuevo el trámite de notificación, lo lleve a cabo como corresponde.

Con información de Noticieros Televisa