El Tribunal Electoral advirtió que las declaraciones del presidente López Obrador sobre Xóchitl Gálvez podrían constituir violencia política de género
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó este miércoles el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) con el que rechazó este jueves la denuncia que interpuso Xóchitl Gálvez contra el presidente Andrés Manuel López Obrador por violencia política de género.
Por medio de un comunicado, el Tribunal Electoral recordó que la aspirante a la candidatura por el Frente Amplio opositor presentó una queja contra el titular del mandatario y diversos funcionarios por “reproducir en redes sociales manifestaciones presuntamente constitutivas de violencia política de género, realizadas por el titular del Ejecutivo en las conferencias matutinas del 3, 4, 5, 10, 11, 14 y 17 de julio”.
Gálvez Ruiz solicitó medidas cautelares para que se ordenara el retiro de las expresiones y una tutela preventiva para que el presidente López Obrador se abstenga de emitir mensajes constitutivos de violencia política de género.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE negó las medidas solicitadas, con el argumento de que ya se habían retirado las conferencias de los días 3, 4 y 5 de julio; porque el resto de las conferencias denunciadas contenían mensajes aparentemente lícitos, sobre temas de interés público y en las que el mandatario no hizo referencia a la condición de mujer de la aspirante; y porque no se advirtió un contexto que revelara la comisión de conductas ilícitas que podía continuarse o repetirse. Por esas determinaciones, la denunciante acudió a la Sala Superior del Tribunal Electoral.
El Pleno, a propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez, revocó la determinación del INE debido a que en “las conferencias matutinas de los días 10, 11, 14 y 17 de julio, sí se advierten expresiones que, de un análisis preliminar, pudieran constituir violencia política de género en contra de Xóchitl Gálvez”.
El Tribunal Electoral argumentó que las declaraciones del presidente López Obrador pretenden “transmitir la idea de que sus aspiraciones políticas para ocupar un determinado cargo no se sustentan en sus méritos, sino en la decisión de un grupo de hombres“.
De esta manera, la Sala Superior ordenó a la Comisión de Quejas y Denuncias del INE que emita un nuevo acuerdo en 24 horas, “en el que, a partir de reconocer la utilización de estereotipos de género en las conferencias matutinas mencionadas, determinara lo que correspondiera respecto de las medidas solicitadas”.
El magistrado presidente Rodríguez Mondragón y el magistrado De la Mata Pizaña coincidieron con la decisión del pleno, pero estimaron que la determinación impugnada se debió de haber revocado para los efectos de que directamente se determinara la procedencia de las medidas cautelares solicitadas, debido a que advirtieron la existencia de elementos suficientes que permiten, preliminarmente, confirmar la existencia de mensajes posiblemente constitutivos de violencia política de género.
Por su parte, la magistrada Otálora Malassis coincidió en que las frases emitidas en las conferencias matutinas del 10, 11 y 14 de julio, desde una valoración preliminar, podrían constituir violencia política de género. Pero, no estuvo de acuerdo con que las manifestaciones realizadas en la conferencia del 17 de julio constituyeran alguna infracción, ya que considera que esas frases están amparadas por la libertad de expresión.
Con información de López-Dóriga Digital