Minuto a Minuto

Internacional De la Espriella anuncia que la Policía podrá entrar en universidades en Colombia
De la Espriella aseguró que la medida busca proteger a los estudiantes que quieren estudiar, debatir y protestar pacíficamente
Internacional Lula promete defender las riquezas de Brasil y advierte: “¿Quieren que pase como Venezuela?”
Lula se posicionó como el candidato ideal para que Brasil sea "un país soberano, que solo tiene un dueño, que es el pueblo brasileño"
Internacional El ala dura de Irán “saboteó” el acuerdo de paz con Trump: NYT
Una facción radical de Irán atacó el 7 de julio un buque con bandera de Qatar en el estrecho de Ormuz sin el conocimiento del presidente de Irán, Masud Pezeshkian, ni de Ahmad Vahidi, comandante en jefe del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica
Deportes Zverev conquista el Abierto de Estados Unidos
Zverev, 2 del mundo, necesitó 3 horas y 33 minutos para deshacerse de Shelton, que disputaba su primera final en un 'grande' y que saldrá de Nueva York como nuevo número 4 de la ATP
Nacional México: aliento y latido
Un poema del periodista Leonardo Ferrera
Tribunal Electoral ordena a INE definir medidas cautelares sobre conferencias de AMLO
Foto de lopezobrador.org.mx

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) obligó al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) a pronunciarse sobre la tutela inhibitoria que la Comisión de Quejas y Denuncias dictó en torno a las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Lo anterior tras la denuncia del PRD contra el presidente López Obrador por externar sus preferencias electorales en la conferencia del 23 de diciembre,

La Comisión de Quejas del INE dictó una medida cautelar de tipo inhibitoria -sin carácter sancionatorio- a fin de garantizar la equidad en la contienda, y, ante la evidencia preliminar de una posible continuidad de actos que se vinculan con la materia electoral, le ordenó abstenerse de continuar realizando los actos de acuerdo con el artículo 134 constitucional, con el fin de resguardar el principio de equidad en el proceso electoral.

En sesión privada no presencial, la Sala Superior determinó que el caso debe ser conocido y resuelto por el Consejo General del INE, como órgano máximo de dirección, “al tratarse de un asunto con particularidades trascendentales y novedosas, relacionadas con la emisión de medidas inhibitorias las cuales no están expresamente previstas como competencia del Comité de Quejas ni de los órganos desconcentrados del referido instituto”.

“Máxime que el acuerdo impugnado se ubica en un contexto extraordinario y novedoso respecto del mecanismo de comunicación que representan las conferencias matutinas”., se detalló.

Con información de López-Dóriga Digital